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¿Cuáles son las razas de perros consideradas ‘potencialmente peligrosas’? Esto dice la norma colombiana
De acuerdo con la Ley 746 de 2002, los propietarios de estas razas deben cumplir con ciertos requisitos para el cuidado tanto de los canes como de la sociedad.
Durante las últimas semanas, se han presentado varios casos de agresiones por parte de perros. Entre los casos más alarmantes está el de un pitbull sin bozal que mató a otra mascota dentro de un conjunto residencial que se dio a conocer por medio de publicado en Twitter.
Frente a este panorama, los expertos explican que los animales pueden llegar agredir a una persona u otro animal cuando son atacados, tienen algún tipo de dolencia o enfermedad, están protegiendo su territorio, alimento y crías, o han sido entrenados para pelar.
Desde la normativa colombiana, la Ley 746 de 2002 establece los perros que son ‘potencialmente peligrosos’, deben tener medidas de cuidado para sus propietarios para proteger la integralidad de las personas, así como para potencializar la salubridad pública y el bienestar de la mascota y su entorno. Esto son los riesgos que estable la normativa en mención:
- Caninos que hayan tenido episodios de agresiones a personas u otros perros.
- Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
- Los perros que pertenecen a una de las siguientes razas: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, De presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier y Tosa Japonés.
“El propietario de un perro potencialmente peligroso asume la posición de garante de los riesgos que se puedan ocasionar por la sola tenencia de estos animales y por los perjuicios y las molestias que ocasione a las personas, a las cosas, a las vías y espacios públicos y al medio natural en general”, dice la norma.
Por otra parte, es importante mencionar que en Colombia también está prohibida la importación de las razas American Staffordshire terrier, Staffordshire terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, o de caninos producto de ccruces o híbridos de estas razas. Asimismo, la ley colombiana establece que tampoco está permitido tener centros de crianza.
Deberes de los propietarios de estas razas
Con respecto a los cuidados que deben tener los dueños de estas razas, la ley colombiana señala las siguientes:
- Los propietarios de estos canes deben tener el registro en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos. Para ello, los propietarios deben acercarse a las alcaldías respectivas para solicitarlo.
- Los propietarios de estos canes deben responsabilizarse de las adecuadas condiciones higiénicas, sanitarias, de alimento y custodia, tanto en el área rural o urbana. Asimismo, la norma estable que frente a este punto no se debe producir “ninguna situación de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general, o para el propio animal”.
- En caso de que el animal esté en propiedades horizontales o conjuntos residenciales, este debe estar sujeto por medio de una correa y portar un bozal.
- Para el caso de los perros que están en vías y lugares abiertos al público, siempre deben ser llevados con correa y bozal y, al igual que, portar el respectivo permiso.
En caso de que estas normas y responsabilidades del propietario no se cumplan, la ley colombiana también establece ciertas sanciones que dan a conocer a continuación:
- La Policía Nacional podrá decomisar al animal si no se cumplen las medidas preventivas anteriormente descritas.
- También se podrá incurrir en multas de cinco salarios mínimos legales diarios por no portar correa.
- Diez salarios mínimos legales diarios por no contar con bozal.
- Quince salarios mínimos legales diarios por no portar ni tener el respectivo permiso.