Nación
Dos abogadas suspendidas por llamar “lesbiana” a cuidadora de niña protagonista en pleito por custodia
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió a las juristas por las acusaciones y afirmaciones discriminatorias.
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El magistrado Julio Andrés Sampredro Arrubla, integrante de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, dejó en firme la suspensión de cuatro meses contra dos abogadas que tildaron de “lesbiana” y descalificaron por su orientación sexual, a una mujer que cuidaba a una niña de 4 años que hacía parte de un pleito por custodia.
La Comisión señaló que “Julio Andrés Sampedro Arrubla, dejó en firme la suspensión de dos abogadas que, actuando como contraparte en un proceso de custodia y restablecimiento de derechos, hicieron acusaciones y afirmaciones discriminatorias contra la vigente cuidadora de una niña de 4 años de edad”.
#NoticiasCNDJ | La suspensión de dos abogadas que, durante un proceso de restablecimiento de derechos a una niña de 4 años, ofendieron y descalificaron a su cuidadora por la orientación sexual que tenía. #EnfoqueDeGénero pic.twitter.com/hqezaVWCNt
— Comisión Nacional de Disciplina Judicial (@CNDJ_Col) October 14, 2025
El caso empezó cuando la menor tenía a penas un mes, su madre vivía en Ibagué, y terminó bajo la protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entidad que a los 6 meses le concedió el cuidado a una mujer que vivía en Girardot, Cundinamarca, y tenía un contexto social y económico que le permitía hacerse cargo.
En el año 2021, una tía de la menor alertó un posible abuso de un hombre que vivía en la misma casa donde se encontraba la niña con la mujer que tenía su custodia. Esa situación obligó a la tía a acudir a la Clínica Colsubsidio de Bogotá, el ICBF activó un código y la pequeña quedó al cuidado de su familiar.
Esta situación desató una disputa legal entre las dos mujeres en comisarias de Bogotá, donde la tía terminó advirtiendo que la primera cuidadora tenía pareja del mismo sexo, lo que consideró como un “impedimento” para cuidar a la niña.

La Comisión de Disciplina explicó en su decisión que las diferencias entre las dos mujeres, surgieron en diferentes etapas, pero en “agosto de 2021, cuando las abogadas que defendían los intereses de la primera cuidadora (una de ellas como titular principal y la otra con poderes sustituidos), apelaron a calificativos discriminatorios”.
Las evidencias dejaron claro que las abogadas utilizaron el término “lesbiana” para descalificar a la primera cuidadora, asegurando que no era apta para hacerse cargo de la pequeña y hasta la señalaron de conductas libidinosas, a pesar de que no tenían ningún tipo de prueba.
La justicia disciplinaria concluyó que “las abogadas fueron responsables de realizar expresiones en contravía del respeto, consideración y mesura con la que debían actuar, desconociendo los avances normativos que prohíben manifestaciones discriminatorias por motivos de orientación sexual e identidad de género”.
Para la justicia, las sancionadas replicaron estereotipos negativos sobre las personas homosexuales y no acudieron a una estrategia defensiva clara, teniendo en cuenta que denigraron a la contraparte dentro de este proceso.