Judicial

El fuerte llamado de un juez al presidente Petro para que “en el futuro no siga con la conducta omisiva de sus deberes constitucionales y legales”

El jefe de Estado deberá retractarse de los señalamientos hechos en sus redes sociales en contra de la senadora Paloma Valencia.

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27 de octubre de 2025, 6:20 p. m.
Gustavo Petro  celular
Un juez le ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse de las declaraciones que hizo en contra de la senadora Paloma Valencia. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA-SEMANA

Para el Juzgado 46 administrativo de Bogotá, el presidente Gustavo Petro afectó los derechos fundamentales a la honra y el buen nombre de la senadora Paloma Valencia, con las publicaciones que hizo en su cuenta de X y en las que quiso vincularla con los denominados falsos positivos.

En el fallo de 38 páginas, el juzgado advirtió que los señalamientos del jefe de Estado en contra de la congresista del Centro Democrático no contaban con ningún tipo de “verificación mínima y de sustento probatorio”, así como en un “contexto que no justifica la afectación a la honra ni la reputación de la accionante”.

En el estudio de la tutela, la defensa del presidente intentó esquivar la responsabilidad por estas declaraciones, asegurando que en mensajes posteriores había aclarado los señalamientos contra la dirigente política.

Sin embargo, en el análisis de este caso, el despacho manifestó que los señalamientos y acusaciones contra la senadora y precandidata a la Presidencia no hicieron parte de ningún debate político o democrático.

Avanzan las votaciones por la consulta para la eleccion del candidato presidencial del Pacto Histórico en la capital.
Bogotá, octubre 26 de 2025. El presidente Gustavo Petro realizó su voto por la consulta del Pacto Histórico, en la que será elegido el candidato presidencial que representará este partido en las elecciones de 2026. | Foto: Colprensa - Lina Gasca

“[…] No puede entenderse que se trataba de un debate legítimo sobre un asunto de interés público, sino de una afirmación carente de verificación mínima y de sustento probatorio, emitida en un contexto que no justifica la afectación a la honra ni a la reputación de la accionante”, enfatizó el juzgado.

Debido a que el autor de esas publicaciones fue el presidente en ejercicio, el juzgado manifiesta que no se puede perder de vista la protección y el respeto de los derechos fundamentales que deben prevalecer de parte de la persona que cuenta con esa distinción.

“Cabe resaltar que la calidad de servidor público, y en particular la investidura del primer mandatario, impone un especial deber de prudencia en el uso de los canales oficiales de comunicación, máxima cuando sus declaraciones pueden tener un impacto significativo en la imagen y el buen nombre de otros funcionarios del Estado”.

“Si bien es cierto que el presidente de la República goza de un margen amplio para participar en el debate público y que sus manifestaciones pueden estar amparadas por el derecho a la libertad de expresión, dicho derecho no cobija la emisión de señalamientos infundados que constituyen imputaciones sin sustento probatorio”, precisa el fallo.

“En el presente caso, las afirmaciones cuestionadas no permiten inferir que se trata de una opinión crítica basada en datos verificables, sino que configuran una afirmación directa carente de respaldo probatorio”, añade la decisión.

Por esto, se le ordenó al presidente Petro que en un plazo de cinco días rectifique tanto en su cuenta personal como en las cuentas de la Presidencia y el Departamento Administrativo de la Presidencia los señalamientos hechos contra la senadora.

“Las expresiones proferidas por el accionado, difundidas a través de canales oficiales como lo es la red social X desde la cuenta @petrogustavo y en su calidad de primer mandatario, no solo carecen de verificación mínima, sino que además fueron susceptibles de generar una percepción negativa a la opinión pública respecto de la senadora Paloma Valencia Laserna, lo cual constituye un perjuicio concreto”, complementa la decisión.