Nación
Esposa de Miguel Uribe Turbay debe asignar abogado en el proceso de pérdida de investidura en el Consejo de Estado
La Sección Quinta le dio cinco días a María Claudia Tarazona para que presente al abogado que los defenderá en ese proceso, a pesar del delicado estado de salud del congresista.

Una polémica decisión tomó el pasado 6 de agosto la Sección Quinta del Consejo de Estado, en el proceso de pérdida de investidura que se inició contra el precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, quien lleva dos meses en cuidados intensivos después del ataque sicarial que sufrió en el occidente de Bogotá.
La polémica decisión firmada por el magistrado Luis Álvarez Parra, presidente del Consejo de Estado, reseña: “Comunicar esta decisión a la señora María Claudia Tarazona, cónyuge del senador Miguel Uribe Turbay, de acuerdo con el artículo 160 del CGP para que, dentro del término de cinco días, contados a partir de la notificación de la presente providencia, comparezca al proceso y acredite la designación de un apoderado de confianza, para que represente al senador Miguel Uribe Turbay en el proceso de la referencia, de acuerdo con lo expuesto en este auto”.

La decisión del Consejo de Estado fue interrumpir el proceso contra el senador del Centro Democrático, después de que el director médico de la Fundación Santa Fe certificara que actualmente su estado es grave.
El alto tribunal recordó que el artículo 159 del Código General del Proceso permite interrumpir este tipo de casos “por muerte, enfermedad grave o privación de la libertad de la parte que no haya estado actuando por conducto de apoderado judicial, representante o curador ad litem”.
Lo más leído

Sin embargo, en el auto se advierte que vencido el término de cinco días que le dieron a la esposa de Uribe Turbay para que ponga en conocimiento la designación de un apoderado, se realizará la remisión de todo el expediente al despacho que corresponda.
“Para lograr la comunicación del artículo 160 del CGP, la Secretaría General de esta corporación podrá requerir a la Secretaría General del Senado de la República la información pertinente para poder comunicar a la cónyuge del senador Miguel Uribe Turbay", cita la decisión del alto tribunal.

En el auto también se rechazó por “innecesaria” la petición del demandante para oficiar a Medicina Legal con el fin de que nombre un curador “ad litem”, teniendo en cuenta que la certificación emitida por la Fundación Santa Fe demostró el grave estado de salud del legislador.
El Consejo de Estado argumentó que esa determinación “consagra la autonomía profesional médica, permitiendo a los profesionales de la salud adoptar —sin injerencias externas— las decisiones diagnósticas y terapéuticas pertinentes".