BOGOTÁ
Fin de año en Bogotá: ¿qué se puede hacer y qué no el 31 de diciembre?
No habrá toque de queda, pero sí algunas restricciones que deberá tener en cuenta para evitar ser sancionado.
Recientemente la alcaldesa de Bogotá Claudia López anunció algunas medidas para fin de año, teniendo en cuenta que se espera que durante estas celebraciones haya un incremento importante de los casos de coronavirus no solo en Bogotá, sino en el resto del país.
Vale mencionar que la capital del país es la más afectada, con 455.240 contagios del virus. Bajo este panorama, la mandataria decidió mantener algunas restricciones que ya estaban para Navidad, como por ejemplo la ley seca.
Sin embargo, la alcaldesa hizo especial énfasis en que, diferente a Navidad, en esta oportunidad para el 31 de diciembre y 1.° de enero habrá ley seca total, es decir, que no se permitirá la venta de licor ni siquiera por domicilio, como fue permitido el 24 de diciembre.
Así las cosas, para este 31 de diciembre las personas no podrán comprar o pedir bebidas embriagantes, ni podrán realizar fiestas en las calles o en algún sitio público. Si algún ciudadano desea compartir una cena para recibir el nuevo año, podrá hacerlo siempre y cuando sea con su núcleo familiar y con un número máximo de 10 personas. Además, la mandataria reiteró que para los que quieren reunirse con otros familiares deberán mantener el aislamiento preventivo voluntario.
Por otro lado, las personas podrán movilizarse durante esos días, ya que no habrá toque de queda o una cuarentena sectorizada. Sin embargo, la alcaldesa López señaló que por ahora se mantiene la medida tanto del pico y placa como del pico y cédula. Muchos bogotanos estaban a la espera de si el Distrito levantaba la restricción del pico y placa, como es costumbre para esta época del año, pero la mandataria sostuvo que seguirá la medida para evitar una mayor circulación de las personas.
No obstante, vale mencionar que el pico y cédula irá hasta el 15 de enero. Por ende, para el caso del 31 de diciembre no podrán salir las personas con número de cédula terminado en impar, es decir, 1-3-5-7 y 9. Esta medida aplica para establecimientos comerciales como notarías, bancos, sitios de comercio, con excepción de los restaurantes.
Por su parte, desde la Policía y la administración distrital reforzarán la inspección, vigilancia y control en las localidades sobre la prohibición de venta y consumo de licor, fiestas clandestinas, así como el uso y la venta de pólvora.
Cabe recordar que, tanto en Bogotá como en Cundinamarca, continúa la medida de prohibición del uso de pólvora, quedando autorizados solamente los expertos en su manipulación. Esto porque pese a que disminuyó el número de lesionados por pólvora con respecto a 2019, ya van 13 menores de edad heridos este año.