Desde hace años, dos integrantes de la familia Meyendorff, extraditados por hechos relacionados con narcotráfico, libran una pelea con la Fiscalía por un proceso de extinción de dominio que completó más de una década en los despachos del ente acusador.
Hace dos meses la Fiscalía tomó la determinación de precluir la investigación por lavado de activos, la base de la extinción de dominio. Con esa decisión, la defensa de los Meyendorff esperaba que, por defecto, terminara el proceso que dejó la incautación de un listado de bienes.

Como pasaron 13 años sin decisiones respecto de la extinción de dominio, la defensa de los señalados narcos presentó una tutela y así obligar a la Fiscalía a tomar una determinación respecto de continuar o definir el futuro de este proceso de extinción de dominio, quizá de los más antiguos en el ente acusador.
La tutela y su cumplimiento también se convirtieron en un ejemplo de extemporaneidad. Pasaron más de tres años con la advertencia de un incidente de desacato en contra del fiscal del caso y el director de extinción de dominio. Sin embargo, la tutela cerró con una decisión en favor de la Fiscalía.
“Todo lo anterior descarta, evidentemente, una actitud negligente o caprichosa, y menos aún encaminada a desatender la orden impartida en la sentencia que puso fin a la acción de tutela de marras, por parte del actual titular de la Fiscalía 12 Delegada, sino antes bien, el propósito de adelantar y culminar la fase investigativa del procedimiento de extinción de dominio a su cargo, con la prontitud razonablemente posible”, señaló el tribunal en su decisión.

Lo que parecía tan obvio, que el Tribunal ordenara el desacato en contra de los fiscales, se convirtió en una mera recomendación para que los fiscales a cargo del proceso de extinción de dominio, para que “en el menor tiempo factible”, tomen una decisión respecto de cerrar o continuar con el expediente.
“En el sentido de llevar a cabo la calificación de la actuación respecto a la improcedencia o procedencia de la acción extintiva atendiendo el fallo de tutela emitido por la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia, pues se reitera, actualmente se encuentra finalizando el traslado a los sujetos procesales para alegatos de conclusión”, advierte el Tribunal.

En la misma decisión, el Tribunal explica los argumentos para negar el incidente de desacato en contra de los funcionarios de la Fiscalía. Insisten en que “se verificó la inexistencia de culpa o dolo en el incumplimiento de la orden de tutela”; de esta forma, los fiscales podrán continuar con las actuaciones que consideren necesarias en este caso.









