Judicial
La extraña defensa de la Presidencia al nombramiento de Juan Carlos Florián como ministro de la Igualdad
La designación de Florián está demandada por el incumplimiento de la ley de cuotas.

El pasado 13 de agosto, pocos días después de su posesión como ministro de la Igualdad, Juan Carlos Florián Silva manifestó en un pódcast que quería que lo llamaran “ministra” y se refirieran a él como “la funcionaria”.
“Yo me nombro en femenino porque soy una persona”, señaló Florián Silva en esa oportunidad. “Yo no soy gay”, explicó a sus entrevistadores.
Esta posición cobra relevancia en la actualidad debido a que la designación del politólogo y exactor de cine para adultos fue demandada por incumplir la ley de cuotas.
En la demanda, que se encuentra en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, se asevera que en el Gobierno Petro hay más ministros del sexo masculino que del femenino. Esta descompensación debe ser reparada comenzando por el más reciente nombramiento en el cambiante gabinete.

En las demandas presentadas por la congresista Katherine Miranda y el abogado Juan Manuel López Molina, se considera que se debe designar a una mujer para que exista paridad de género, como lo señala la ley de cuotas.
De esta forma, pidieron que, como medida cautelar, se suspenda el nombramiento ministerial mientras las autoridades judiciales tomen una decisión de fondo.
En respuesta a estos argumentos, la Presidencia de la República manifestó que no se puede perder de vista que Florián Silva, como es de público conocimiento, se ha calificado como una “persona con identidad de género fluida, que hizo tránsito a su lado femenino y se identifica indistintamente en uno y otro género”.
En simples palabras, acá no cabe lo que menciona la ley de cuotas frente al porcentaje de géneros. “Las personas con identidad de género no hegemónica, como Juan Carlos Florián Silva, no estarían incluidas en la garantía de participación en los cargos públicos de las mujeres; la verdad es que la declaratoria de ilegalidad de su nombramiento, así como la suspensión provisional del mismo, supondrían la negación de sus derechos fundamentales asociados con su identidad de género”.
Para esto, citó el hecho que los integrantes de las minorías sociales o de las comunidades LGBTQ+ tienen una especial protección constitucional.
El nombramiento de Florián Silva estaría, entonces, en un punto intermedio, puesto que no se puede señalar que sea parte del género masculino o femenino en cuanto a la conformación de los ministerios.
Debido a esto, el representante jurídico del Ministerio de la Igualdad sostiene que la designación hecha cumple con la ley y no puede suspenderse su nombramiento. Incluso va más allá y asegura que la demanda representa un caso de “discriminación”, el cual está plenamente prohibido por la Constitución Política.
“La solicitud de suspensión provisional carece de fundamento y es el ejemplo perfecto de la abierta discriminación que existe en contra de una persona con una identidad de género no hegemónica, y por tanto, distinta a la tradición, que va en contravía del camino de reconocimiento y defensa progresiva de los derechos personales, civiles y ahora políticos del colectivo humano que transita en el género”, precisó el abogado del ministerio.
En los próximos días, el magistrado Fabio Iván Afanador García tomará una decisión de fondo frente a las demandas.