Nación
Ley acaba con viacrucis que viven pacientes de Nueva EPS, Sura y Salud Total: tendrán respiro
La Corte Constitucional tomó una decisión vital para millones de pacientes.

En los últimos meses, los colombianos han enfrentado serios problemas en el sistema de salud, especialmente en el acceso a medicamentos. La Defensoría del Pueblo alertó sobre un aumento significativo en las quejas relacionadas con la falta de disponibilidad de fármacos, negaciones y entregas incompletas, lo que ha afectado el derecho a la salud de muchos ciudadanos.
Esta situación se ha agravado por el cierre temporal de servicios de urgencias en clínicas importantes, como la Clinica Ciudad Roma, en Bogotá, debido a problemas financieros derivados de deudas acumuladas por parte de las EPS.

La crisis de medicamentos se ha intensificado debido a múltiples factores, incluyendo demoras en los trámites de registro y autorización por parte del Invima, el aumento en el precio del dólar y compras tardías que han desatado la escasez.
Pese a ello, un nuevo fallo de la Corte Constitucional pondría en cintura a las EPS por este tipo de prácticas, dada la alta recepción de tutelas de usuarios que piden el suministro de medicamentos.
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La Corte, mediante el auto 559 de 2025, analizado por la Sala Segunda de Revisión, determinó que el servicio de salud deberá responder eficazmente a las necesidades de los usuarios, garantizando todos los medicamentos y procedimientos prescritos por el médico.
En un apartado del auto indicó que la falta de entrega oportuna de medicamentos esenciales, además de la interrupción de tratamientos continuos, puede poner en riesgo la vida y la integridad de los pacientes. Dicha situación resulta más grave cuando afecta a personas vulnerables.
¿Qué pasará con los medicamentos de los usuarios?
Esa ley determina, en concreto, que aunque el fármaco se encuentre desabastecido, la EPS deberá asegurar la reformulación y la entrega de un fármaco sustituto que sea establecido previamente por el profesional de la salud.
La norma ordena a las EPS suministrar el medicamento en cuestión del paciente, con la dosis, la forma y las periodicidades dispuestas en la prescripción vigente o que haya perdido vigencia por las demoras de entrega.
