Maltrato Infantil
Ni rejo ni chancleta: Colombia se suma a los países que prohíben el castigo físico a menores
Colombia se suma al grupo de 60 países del mundo que prohíben el castigo físico a los menores. En Suecia se tomó la decisión hace más de cuarenta años. ¿Por qué es importante la medida, que no incluye sanciones ni multas?
El Senado aprobó recientemente en último debate la iniciativa que prohíbe los castigos físicos en contra de los menores de edad, un gran aporte a la lucha contra la violencia infantil. Desde ahora, el castigo físico a niños, niñas y adolescentes en Colombia queda completamente prohibido.
Este proyecto de ley busca prohibir, en el Código Civil, los castigos físicos, los tratos crueles, humillantes o denigrantes y cualquier tipo de violencia a niños, niñas y adolescentes. El plan ya está listo y solo falta la firma del mandatario colombiano.
El proyecto tiene una finalidad puramente pedagógica, persuasiva y alternativa, es decir, no se crearán sanciones o multas a los padres que incurran en este tipo de castigos, pero sí va a establecer condiciones de formación y educación.
Esto quiere decir, educar, criar y corregir, pero sin tratos crueles, humillantes, degradantes o violentos. El objetivo es eliminar cualquier tipo de violencia física en la crianza de los menores.
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Es una prohibición que se plasmará explícitamente en el Código Civil. Si bien no hay sanciones, las acciones reiterativas que afecten la salud mental y física de los menores sí tienen castigo y ya están contempladas en las leyes colombianas. Este tipo de maltrato da penas de prisión entre 4 y 8 años.
De esta manera, el proyecto de ley buscaría replantear el artículo 262 del Código Civil para que quede de la siguiente manera: “Las familias, los padres, las personas encargadas del cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes, o quienes tengan su representación legal, tendrán la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos. Queda prohibido el uso del castigo físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes, y cualquier tipo de violencia como método de corrección, sanción o disciplina”.
La iniciativa deja claro que el castigo físico y los tratos crueles no serán causal de pérdida de la patria potestad o de la custodia, ni causal para procesos de emancipación. Pero esto solo aplica siempre y cuando dichos actos no sean repetitivos y no afecten la salud mental y física del menor. La normativa también aplica a cuidadores y representantes legales de menores.
Por otra parte, si bien la iniciativa tuvo una acogida mayoritaria por parte de la plenaria del Senado, hubo actores que se opusieron a la propuesta. El único partido que se opuso al proyecto fue el Partido Colombia Justa Libres, que solicitó el archivo del proyecto. Desde un principio, este grupo se ha opuesto al proyecto debido a que supuestamente violenta la libertad que tienen las familias para la crianza y educación de sus hijos.
Aun con el avance que muestra la decisión del Congreso, la pregunta que muchas personas se hacen es: ¿por qué si no hay sanciones, multas y castigos penales es tan importante la decisión para el país? La respuesta es contundente.
Las políticas colombianas rechazan el maltrato, cualquiera que sea, hacia los menores. No aceptan ni siquiera las llamadas “palmaditas pedagógicas” que el papa Francisco defendió en un discurso en 2015, cuando aseguró que estaba bien que los padres dieran nalgadas a los niños para disciplinarlos.
Este no es solo un tema de interés nacional. En el mundo, muchos países han tomado la misma posición. Después de la sanción presidencial, Colombia se sumará al grupo de 60 países que han prohibido por ley cualquier tipo de castigo físico a los menores. El primero en hacerlo fue Suecia en 1979. En América Latina, Venezuela, Costa Rica y Uruguay fueron los pioneros en prohibir estas prácticas.
El proyecto de ley ordena también que en Colombia se creen estrategias nacionales para eliminar prácticas violentas contra los menores y que se promueva la educación libre de maltrato.