Nación
“No estamos facultados para capturar”, la polémica declaración del Ejército tras el secuestro de militares en Cauca
Las personas que fueron capturadas en flagrancia, por el secuestro de militares, quedaron en libertad.

El pasado fin de semana 57 militares fueron secuestrados en medio de asonada en el departamento de Cauca y durante un procedimiento contra los cultivos ilícitos. Los soldados terminaron privados de la libertad, para evitar las actuaciones de la fuerza pública.
Luego de varias horas fue posible su liberación, mientras que en otro punto 16 personas que, al parecer, participaron del secuestro, fueron capturadas en situación de flagrancias. El procedimiento fue alertado por el propio ministro del interior Armado Benedetti.
Más imágenes de las capturas en flagrancia por presunto secuestro a los 57 militares rescatados en el Cauca. pic.twitter.com/9surQG3Dff
— Armando Benedetti (@AABenedetti) June 23, 2025
“Más imágenes de las capturas en flagrancia por presunto secuestro a los 57 militares rescatados en el Cauca”, dijo el ministro de interior.
Los 16 capturados fueron presentados a la Fiscalía, que después de una verificación se lanzó con una polémica decisión. Los dejaron en libertad mientras advirtieron que las circunstancias de modo, tiempo y lugar, no eran claras y por tanto era necesario liberarlos.
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“El control de legalidad previo que le corresponde realizar a la Fiscalía General de la Nación no permitió establecer las circunstancias exactas de modo, tiempo y lugar necesarias para sustentar que las 16 personas capturadas fueron efectivamente sorprendidas en flagrancia”, explicó la Fiscalía.

La decisión por supuesto no cayó en gracia. Los capturados fueron señalados por los testigos, de ser los responsables del secuestro y aún así, la Fiscalía tomó la determinación de dejarlos en libertad. Lo peor es que ahora el propio Ejército es quien advierte que los militares no pueden capturar.
“Nosotros en el ejército nacional no tenemos facultades de policía judicial razón por la cual no estamos facultados para hacer las capturas, luego esa es la razón por las cuales esas personas quedan en libertad. Sin embargo es declarar que con la Fiscalía se están adelantando los proceso de identificación e individualización de los líderes que hacen y que promueven estas asonadas”, señaló el general Gómez.
El general Gómez, se equivocó, en criterio de los abogados penalistas consultados por SEMANA, que advirtieron o le recordaron al oficial lo que dice el Código de Procedimiento Penal, particularmente en los requisitos de la captura en flagrancia.

“De conformidad con el artículo 28 de la Constitución nacional y el artículo 302 del código de procedimiento penal cualquier ciudadano o autoridad puede capturar a una persona en flagrancia estando en la obligación de presentarla ante autoridad competente en las siguientes 36 horas”, dijo el abogado Francisco Bernate.
El error de interpretación del general Gómez, en cuanto a los procedimientos de captura, es para los abogados es un mensaje equivocado y contradictorio para los miembros de la fuerza pública. Según Bernate, los soldados no solo están facultados para capturar, sino que están obligados.