Judicial
“No se demostró la intención de fuga abandonando el país”: la conclusión del fallo que ordenó la libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez
El Tribunal Superior de Bogotá cuestionó las conclusiones a las que llegó la jueza 44 de conocimiento de Bogotá para ordenar la detención domiciliaria del exmandatario.

En un documento de 38 páginas quedó consignada la decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá de ordenar la libertad inmediata para el expresidente Álvaro Uribe Vélez. Esto después de avalar una acción de tutela que reclamaba la protección de los derechos fundamentales del exmandatario.
En el fallo se hacen fuertes cuestionamientos a la decisión emitida el pasado 1 de agosto por la jueza 44 de conocimiento de Bogotá, que ordenó una medida de aseguramiento privativa de la libertad contra el exmandatario para que cumpliera una condena de doce años de prisión por su responsabilidad en los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
En resumidas cuentas, la Sala encontró que la medida de detención domiciliaria contra el expresidente no estaba justificada, haciendo énfasis en que no se logró sustentar la necesidad de una privación de la libertad.
“Es ininteligible por qué esta privación de la libertad es necesaria para la convivencia pacífica y el orden social”, señala uno de los apartes del fallo judicial firmado por el magistrado Leonel Rogeles Moreno.
El Tribunal Superior de Bogotá dejó en libertad al expresidente Álvaro Uribe, quien fue condenado en primera instancia por el proceso de manipulación de testigos. #SemanaNoticias https://t.co/Be2rDSZpYA
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En el punto central de la discusión judicial, el Tribunal consideró que no se pudo demostrar que el expresidente tuviera alguna intención de evadir el accionar de la justicia. Esto si se tiene en cuenta que siempre estuvo en las audiencias, pese a que no era su obligación, y que incluso estando fuera del país atendiendo eventos académicos se conectó de manera virtual.
“No se demostró la intención de fuga abandonando el país, o que haya adelantado trámites de asilo o refugio”, manifiesta el trascendental fallo que le ordenó al juzgado, que emitió la condena realizar todo el trámite para que el exmandatario recupere su libertad en las próximas horas.
“Por lo que no existen indicios objetivos de evasión y en un Estado de Derecho, las medidas de aseguramiento no pueden sustentarse en supuestos riesgos futuros, meramente hipotéticos o en conjeturas derivadas del reconocimiento social del acusado, sino en circunstancias imparciales, actuales y verificables que hagan indispensable su imposición para proteger el proceso y/o las víctimas, respecto de las cuales, al motivar la media, no se realizó algún pronunciamiento específico", añade este apartado.
Igualmente, se advierte que la jueza de conocimiento no tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales, disciplinarios o fiscales del expresidente Uribe; además de su situación de arraigo y el hecho que siempre reportó un solo domicilio en el que convive con su esposa.
“Puede evadir la justicia saliendo del país”: esta es la razón por la que se ordenó detención domiciliaria al expresidente Álvaro Uribe Vélez. https://t.co/if1kX8q65f pic.twitter.com/7sAoAouFXT
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“Tampoco puede desconocerse que el proceso superó la fase probatoria, por lo que el riesgo de afectación a la verdad procesal o de manipulación de las pruebas es, en la práctica, es inexistente” resalta la situación que calificó como criterios “subjetivos, genéricos o abstracto” las conclusiones a las que llegó al ordenar la detención domiciliaria.
“La falladora no examinó circunstancias favorables como la comparecencia voluntaria, inexistencia de incumplimientos procesales, ausencia de antecedentes penales, ni un riesgo probado de reiteración delictiva“, agrega.
Finalmente, se señala que las conclusiones no fueron concisas ni cuentan con un peso jurídico, por lo cual se tuteló el derecho fundamental del exmandatario.
“Es ininteligible por qué esta privación de la libertad es necesaria para la convivencia pacífica y el orden social”, señala la decisión.
En la actualidad, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá evalúa el recurso de apelación presentado por la defensa del expresidente y la Procuraduría General contra el fallo que lo condenó a doce años de prisión.