Nación
Pasaporte colombiano: ¿cuáles son los requisitos para tramitarlo y cómo solicitar la cita?
La Cancillería recordó los requisitos y documentación para obtener este documento. Al momento de expedirlo, es importante no ponerle grapas ni doblar las hojas.
Si piensa viajar al exterior, tenga en cuenta las recomendaciones de las autoridades para tramitar el documento y para evitar que dicha libreta se dañe por mal manejo.
Recuerde que los nuevos documentos tiene un chip integrado, por lo que se recomienda no llevarlo en el bolsillo trasero debido a que se pueden doblar y dañar los componentes.
Tampoco se recomienda ponerle grapas o doblar las hojas, pues podría afectarse una antena que hace parte del sistema electrónico. Evite someter este documento a temperatura extrema o humedad, así como escribir en éste.
En cuanto al trámite para solicitarlo, tenga en cuenta horarios, documentos y medidas de bioseguridad. Le contamos los detalles.
Requisitos para los mayores de edad
- Diligenciar la solicitud por medio electrónico para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
- Solicite su cita a través del siguiente enlace https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/agendamiento.xhtml Recuerde que el día de la cita debe acercarse personalmente en la oficina que seleccionó y presentar los documentos requeridos para el trámite, la toma de la fotografía, el registro de huellas y la firma. No es necesario llevar fotos.
- Presentar original de la cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas).
- Cuando el solicitante no tenga cédula de ciudadanía en formato válido, podrá presentar los siguientes documentos, de acuerdo a su caso:
Contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la cual debe tener foto, huella.
No se aceptará contraseña por solicitud de rectificación de cédula de ciudadanía.
- Presentar pasaporte anterior, si lo tiene.
- En caso de pérdida o hurto del pasaporte, el solicitante solo deberá informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.
Cuando la cédula de ciudadanía se obtuvo de manera extemporánea, es decir varios años después de alcanzar la mayoría de edad, 18 años, se deberán presentar los registros civiles de nacimiento y/o defunción colombianos necesarios, que permitan acreditar la forma en que se adquirió la nacionalidad colombiana, según artículo 96 de la Constitución Política.
La oficina expedidora de pasaportes estudiará la documentación presentada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Resolución 3959 de 2020 “Por la cual se regulan las disposiciones referentes a los pasaportes y al documento de viaje colombiano y se deroga la Resolución 10077 de 2017.
La oficina expedidora, de considerarlo pertinente, podrá solicitar la presentación del certificado de nacionalidad, con el fin de verificar la identidad del solicitante.
Cuando no pueda presentar su cédula para solicitud del pasaporte, es obligatorio llevar la contraseña original y en físico.
Agende la cita en la oficina de su preferencia, calle 53 o sede Norte, a través del siguiente enlace: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/agendamiento.xhtml
Para menores de edad
- El menor debe estar acompañado por uno de sus padres o su representante legal, quienes tendrán que identificarse con su cédula de ciudadanía en formato válido (amarilla con hologramas). Si estos se encuentran ausentes del lugar del trámite, podrán dar autorización a un tercero para efectuar la solicitud con el menor, cumpliendo con lo siguiente:
- Registro civil de defunción en caso de que uno de los padres del menor haya fallecido.
- Poder especial otorgado por los dos padres a un tercero, ante notario público o juez
- En el exterior ante el consulado, o en el exterior donde no exista consulado de Colombia ante la autoridad competente del lugar, el cual debe ser debidamente apostillado o legalizado según sea el caso y traducido al español mediante traductor oficial, allegando copia de los documentos de identidad de los padres, para que éste adelante el trámite en compañía del menor.
- Diligenciar la solicitud por medio electrónico, para agilizar el trámite en la oficina expedidora.
- Solicite su cita a través del siguiente enlace https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/agendamiento.xhtml Una vez el menor de edad cuente con cita previa tanto el menor como el acompañante deben presentarse personalmente a la oficina seleccionada y aportar los documentos requeridos para el trámite, la toma de la fotografía, el registro de huellas y la firma. No es necesario llevar fotos.
- Presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento (fiel copia) del menor expedido por el Notario, Registrador o Cónsul, según el caso:
- Presentar pasaporte anterior si lo ha tramitado.
- En caso de pérdida o hurto del pasaporte, los padres del menor o su representante legal, solo deberán informar a la oficina expedidora dicha situación, bajo la gravedad de juramento.
Tenga en cuenta lo siguiente:
- Cada vez que un colombiano cambia de tipo de documento, de registro civil a tarjeta de identidad y de tarjeta de identidad a cédula, deberá cambiar su pasaporte dado que su documento de identificación ha cambiado.
- Si el menor tiene entre 7 y 17 años, se debe presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento del menor expedido por el notario, registrador o cónsul y original de la tarjeta de identidad o contraseña.
- Si el padre acudiente era menor de edad al momento de la realización del registro civil de nacimiento del hijo, deberá aportar adicionalmente el Certificado de Preparación de Cédula que emite la Registraduría Nacional del Estado Civil donde se indique que el número de tarjeta de Identidad que tenía cuando registró a su hijo corresponde al mismo número de cédula que posee actualmente.
Horarios de atención
- Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua.
- Para la solicitud y entrega de pasaportes se requerirá cita previamente agendada
- Tiempo de entrega: En Bogotá dentro de las 24 horas a partir del momento que se realiza el pago.
Durante la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, los tiempos de entrega estarán sujetos al agendamiento de citas en la plataforma virtual y la capacidad de aforo en cada sede.
Si tiene inconvenientes en el agendamiento virtual de su cita, la cancillería recomienda utilizar los canales de comunicación dispuestos para la atención al público. Además, el agendamiento de citas es gratuito y no requiere intermediarios.
El día de la cita tenga en cuenta, el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad del Ministerio de Salud y Protección Social y las recomendaciones del Presidente de la República y la Alcaldía Mayor de Bogotá.