Nación

Pedro Suárez Vacca, representante del Pacto Histórico, irá a juicio. Corte Suprema mantiene la decisión

La Sala de Primera Instancia negó la solicitud de cesación de procedimiento que hizo el congresista.

26 de febrero de 2025, 9:59 p. m.
Pedro José Suárez Vacca Congresista del Pacto Histórico
Pedro José Suárez Vacca Congresista del Pacto Histórico | Foto: guillermo torres-semana

La Sala de Primera Instancia negó la solicitud de cesación de procedimiento que presentó el congresista Pedro José Suárez Vacca, integrante del Pacto Histórico, por el proceso que avanza en su contra por las supuestas irregularidades que cometió cuando fue juez de la República.

La decisión de la Corte indicó: “Denegar la solicitud de cesación de procedimiento impetrada por el defensor del procesado, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia”.

En septiembre del año pasado, la Corte llamó a juicio al representante a la Cámara por la decisión que tomó siendo juez en el año 2008, cuando le otorgó la prisión domiciliaria a una persona que se encontraba privada de la libertad por el delito de secuestro simple. A pesar de que el detenido fue condenado, Suárez Vacca habría ratificado su decisión un año más tarde. El congresita fue denunciado por presuntos actos de corrupción.

Después de ese llamado a juicio, la defensa del representante a la Cámara presentó una petición de cesación de procedimiento, al considerar que no se satisfacían los presupuestos para el delito de prevaricato por acción agravado, razón por la que la acción penal habría prescrito en la etapa de instrucción.

Sin embargo, la Corte advirtió en su decisión: “es inviable que el juez cese el procedimiento, salvo causales objetivas o existencia de prueba sobreviniente que ataque la base de la resolución de acusación durante el juicio, puesto que no es razonable revivir un debate jurídico que concluyó al momento de la calificación del sumario”.

Así mismo, el fallo detalló: “No es jurídicamente viable cesar procedimiento, toda vez que por tratarse de un delito de prevaricato por acción agravado (artículos 413 y 415 del Código Penal), la pena máxima de 128 meses, se aumenta en una tercera parte, por ser delito como continuado (parágrafo del artículo 31 ibidem), arribando a los 170,66 meses”.

En este caso, se informó que Leilo Ávila Santana, quien cumplía una condena de 17 años de prisión por delitos relacionados con el narcotráfico y el secuestro, recibió el beneficio de detención domiciliaria por orden de Suárez Vacca, pese a que no cumplía los requisitos que exigía la ley.

La investigación en contra del dirigente político se originó por una denuncia presentada por Colombia Cambia Transparente, revelada en su momento en exclusiva por SEMANA; en la que se pusieron de presente los hechos de corrupción.