Nación
Por compra de votos, la Corte Suprema condenó al representante a la Cámara Carlos Alberto Cuenca Chaux
Cuenca Chaux fue condenado a siete años y seis meses de prisión. Sin embargo, la Corte resolvió otorgarle el beneficio de casa por cárcel. Fue presidente de la Cámara de Representantes.
A punta de tejas de zinc, cemento y materiales de construcción, aprovechando la pobreza rampante en el departamento de Guainía, el representante a la Cámara Carlos Alberto Cuenca Chaux habría comprado los votos para asegurar su reelección para el periodo 2014 - 2018, como efectivamente ocurrió. Sin embargo, esta corrupción no pasó desapercibida y la Corte Suprema de Justicia lo acaba de condenar por el delito de corrupción al sufragante.
La decisión de la Corte Suprema advierte que Cuenca Chaux tendrá que pagar una condena de siete años y seis meses. Sin embargo, fue acogida la solicitud de su defensa de que se le otorgara el beneficio de casa por cárcel.
La corrupción y compra de votos es clara y así lo documentó la Corte en su investigación al señalar que “el primero de marzo de 2014, previo a los comicios del 9 del mismo mes y año, realizó una reunión en la vivienda de la señora Cecilia Pacheco Cabria, ubicada en el barrio La Esperanza de Inírida, y contando con la presencia de los habitantes de la población, así como miembros de las comunidades indígenas, les ofreció bultos de cemento, tejas de zinc y dinero, a cambio de que votaran por él”.
Para la condena fue clave el testimonio de Miller Garrido Pacheco, quien manifestó haber sido comisionado por Zulma Delvasto, quien atendía las directrices del procesado, para organizar una reunión política en la casa de su mamá, a la que asistió Cuenca Chaux expresando a los asistentes “plata no hay, pero cemento y zinc sí”, acordando de manera privada con cada una de las personas el número de tejas de zinc y/o bultos de cemento que recibirían a cambio de que votaran por él.
Lo más leído
Según la investigación, Cuenca Chaux se comprometía con la entrega de cinco bultos de cemento a cambio de sufragar por él, y que por ello acudieron al Depósito Villavicencio, donde con un vale que les era entregado. Luego de votar, los ciudadanos se dirigían a la bodega de Los Rivera, lugar donde recibieron el cemento.
Fueron cinco las pruebas clave que destapó la Corte contra el representante: la primera, que varios integrantes de la comunidad indígena, entre los que estaban los que asistieron a la reunión, acudieron a la Comercializadora Castillo y al Deposito Rivera para recoger los materiales de construcción acordados.
La segunda, personas allegadas a la campaña electoral del procesado entregaron a algunos votantes las láminas de zinc y el cemento en sus viviendas.
En tercer lugar, señala la Corte Suprema que se demostró “la relación de una trabajadora de la UTL del procesado con el propietario del Depósito Villavicencio (Zulma Delvasto Lara y su hermano Carlos Delvasto Lara, propietario de ese establecimiento) participando activamente en la campaña política del procesado para el año 2014″.
A todo esto se suma la existencia de recibos como constancia de entrega de lo pactado. Además, fotografías entregadas por el denunciante en la que se destaca un vehículo blanco descargando tejas en una vivienda, así como una persona que fue colaboradora en la campaña del procesado y que fue reconocida como alias Botija.