Judicial
Presidente Petro no podrá transmitir más los consejos de ministros en canales privados, locales y regionales
El Consejo de Estado indicó que únicamente se podrán transmitir por los canales públicos.

Por considerar que vulnera la pluralidad informativa, el Consejo de Estado le ordenó al presidente de la República, Gustavo Petro, dejar de transmitir los consejos de ministros en los canales privados, locales y regionales.
En la decisión judicial, el alto tribunal determinó que estos consejos de ministros, que se adelantan una vez a la semana, solamente podrán ser transmitidos —si así lo consideran— por los canales públicos, como Señal Colombia y el Canal Institucional.

La Sala avaló los argumentos de la acción judicial que advertía que con la presentación de estos consejos de ministros en horario prime, es decir, a las 7 de la noche, se estaba afectando el derecho fundamental a la información.
En el debate jurídico, el alto tribunal consideró que con la transmisión de los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión, el Canal Uno y los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta, se vulneró este derecho fundamental.
Lo más leído

“El derecho a la información es una libertad pública esencial para los estados democráticos, que se predica de quien emite la información, sobre quien pesa los deberes de veracidad y de imparcialidad y, por otra parte, del receptor, a quien le asiste el derecho de recibir información plural, objetiva, veraz y oportuna”, señaló el Consejo de Estado.
Igualmente, se defendió el concepto de “pluralismo informativo” que deben recibir todos los colombianos. El hecho de que los consejos se transmitieran, en dos oportunidades, a la hora en la que por tradición se han transmitido los noticieros, genera una afectación en este derecho.
“El derecho a la información es una prerrogativa constitucional, cuyo ejercicio no puede ser obligatorio, sino libre y, por lo tanto, se vulnera, como ocurrió en este caso, cuando se cercena la posibilidad de no acceder a la información difundida en los consejos de ministros y la única opción para las personas consiste en excluirse, apagando el aparato, del acceso al servicio público de televisión”, aseveró.

Por esto, con la transmisión de estos consejos de ministros, que se extendieron por varias horas, “el derecho a la información es igualmente vulnerado, (pues) se envió el mensaje que la única opción informativa es la información oficial del Gobierno, difundida en todos los canales televisivos de acceso abierto”.
En la discusión, el Consejo de Estado manifestó que la difusión de los consejos de ministros, que ocurre en la franja de las 7 a las 10:30 de la noche, “es particularmente grave”, debido a que es el momento en el que mayor cantidad de personas pretenden acceder al servicio público, en la búsqueda de información, ocio, esparcimiento y cultura.

Por esto, se le ordenó al presidente de la República, al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) que se abstengan de reincidir en el hecho vulnerador del derecho fundamental a la información y, por lo tanto, no transmitan más los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión.
“Advirtió la Sala que, aunque existe la posibilidad de difundir los consejos de ministros en los canales de televisión públicos de carácter nacional, Señal Colombia y Señal Institucional, esta decisión se adopta sin perjuicio de las competencias del juez de la acción de cumplimiento, respecto del carácter reservado que tienen los consejos de ministros, o de la determinación de la naturaleza de dicha reunión, como alocución presidencial”, aclara.