María del Pilar Hurtado | Foto: Guillermo Torres

Nación

Primicia | Conceden libertad condicional a María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS, condenada por chuzadas

La decisión la tomó la Sala Penal del alto tribunal señalando que no es necesario que se cumpla la totalidad de la pena en establecimiento de reclusión.

12 de julio de 2022

SEMANA conoció, en primicia, el documento de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con el que concede libertad condicional para María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS, condenada por el escándalo de seguimientos y llamadas chuzadas a miembros de la oposición, periodistas y defensores de Derechos Humanos, durante el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez.

“Al no estimarse necesaria la culminación del cumplimiento de la pena en establecimiento de reclusión, sumado a que convergen los requisitos establecidos en el artículo 64 del Código Penal, se revocará la decisión de primera instancia y, en su lugar, se concederá la libertad condicional”, señala el fallo conocido por SEMANA.

En otro aparte, en el que la Corte expone los argumentos para conceder la libertad condicional, señala: “Es así como el examen de la conducta por la que se emitió condena debe ponderarse con el fin de prevención especial y el de readaptación a la sociedad por parte del sentenciado, pues no de otra forma se cumple con el fin primordial establecido para la sanción privativa de la libertad, que no es otro distinto a la recuperación y reinserción del infractor”. Se trata en este caso de una victoria para su defensor, el abogado Víctor Mosquera.

La Corte señala que, aunque cometió conductas graves por las cuales fue condenada en 2015 a 14 años de prisión por el máximo tribunal de la justicia ordinaria por su participación en las interceptaciones ilegales del DAS, ha cumplido con el propósito resocializador de la pena.

La Sala también tuvo en cuenta que “entender que la gravedad objetiva de la conducta es sinónimo de negación de la libertad condicional, equivaldría a extender los efectos de una prohibición normativa específica, sobre todos los casos que se estimen de notoria gravedad, sin haber sido así previsto en la ley; y tal expansión no es compatible con los derechos fundamentales de los condenados; pues los dejaría sin la expectativa de que su arrepentimiento e interés de cambio sean factores a valorar durante el tratamiento penitenciario, erradicando los incentivos y con ello, el interés en la resocialización, pues lo único que quedaría, es el cumplimiento total de la pena al interior de un establecimiento carcelario”, destaca el auto.

El caso Chuzadas

En 2015, la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado fue condenada a 14 años de prisión por los delitos de violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública, concierto para delinquir, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público. Además, fue condenada a pagar una multa de 28 millones de pesos de ese entonces y una inhabilidad para ejercer cargos públicos por los mismos años de la pena. Todo esto derivado de su participación en las denominadas chuzadas del DAS.

En la misma decisión, la Sala Penal decidió que el exsecretario de la Presidencia, Bernardo Moreno, pagaría 8 años de prisión con beneficio de casa por cárcel por su participación en algunos de estos episodios. Ese mismo tiempo estará inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.