Confidencial

Procurador tendrá que emitir concepto sobre la reforma pensional: Gregorio Eljach había declarado impedimento, pero fue rechazado

La Corte cerró la discusión y decidió “declarar infundado el impedimento”.

8 de abril de 2025, 9:57 p. m.
Gregorio Eljach, procurador general de la nación
Gregorio Eljach, procurador general de la Nación. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

Aunque presentó una justificación para evitar formar parte del espinoso debate de la reforma pensional, que fue aprobada en junio del año pasado y que generó una álgida polémica por los cambios que se presentaron al sistema de pensiones en el país, el procurador general, Gregorio Eljach, tendrá que emitir un concepto ante la Corte Constitucional.

El procurador Eljach había puesto en sus argumentos para justificar su impedimento que, como exsecretario general del Senado, cargo en el que se desempeñaba cuando se dio el trámite de la reforma, había intervenido en el debate y, por este motivo, pedía no conceptuar sobre el complejo tema.

Presentación oficial del Procurador General de la Nación Gregorio Eljach Pacheco
Enero 16 de 2025
Presentación oficial del procurador general de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco. Enero 16 de 2025. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

“Haber intervenido en la expedición de la norma acusada (Ley 2381 de 2024) pues, en ejercicio de los deberes y funciones de mi otrora calidad de secretario general del Senado de la República, cumplí con mis funciones durante el respectivo trámite legislativo. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 5 de 1992”, argumentó el procurador.

La Corte Constitucional, por su parte, aclaró que la decisión o concepto del Ministerio Público no es de carácter vinculante, por lo que no está dictando la última palabra, sino que da insumos para la decisión.

“Las causales de impedimento y recusación no son aplicables al procurador general de la Nación con el mismo rigor y extensión que a los magistrados, en tanto que aquel no interviene en la decisión, su concepto no es vinculante y dicho régimen no está previsto expresamente para analizar la facultad de conceptuar del procurador general de la Nación en el trámite constitucional”, señala la decisión de la Corte.

Agrega que la labor de Eljach, como secretario, no consistía en aprobar, modificar ni debatir el contenido de la reforma, por lo que no vicia su trámite.

“La Corte ha expresado que dicho funcionario tiene la función de ordenar el trámite legislativo y procurar que este cumpla con las normas constitucionales y legales que lo regulan. Es decir, su intervención se circunscribe al ámbito del procedimiento formal que sigue el Congreso para la formación de las leyes”.

Con esos argumentos, la Corte cerró la discusión y decidió “declarar infundado el impedimento manifestado por el procurador general de la Nación”.