Nación

Rechazan tutela contra Petro por llamar a periodistas “muñecas de la mafia”: resaltó el valor de las mujeres

El alto tribunal declaró falta de legitimación en el recurso que interpuso el abogado Germán Calderón España y que incluyó a 16 mujeres periodistas.

27 de febrero de 2025, 9:07 p. m.
Presidente Gustavo Petro
Presidente Gustavo Petro | Foto: Presidencia

El Consejo de Estado rechazó la tutela que interpuso el abogado Germán Calderón España, junto a 16 reconocidas periodistas y dos fundaciones, contra el presidente Gustavo Petro, tras lanzar el calificativo “muñecas de la mafia”. La Presidencia le había solicitado al alto tribunal declarar improcedente ese recurso.

El fallo ha llamado la atención porque, aunque aclaró que el presidente hizo alusión a mujeres periodistas, no se pudo interpretar como una agresión en contra de los derechos fundamentales de todas las mujeres, porque no utilizó adjetivos en contra de una persona como tal.

Pero, así mismo, la Sección Segunda tuvo otra consideración: ”El mensaje principal de su discurso fue resaltar, desde su posición, el valor de las mujeres en la sociedad colombiana”, dice el fallo.

Para el alto tribunal no hay discusión sobre la expresión que utilizó el jefe de Estado contra un grupo de periodistas que no identificó, pero tampoco encontró probado en la tutela que requieran al mandatario por los canales oficiales sobre la individualización de las personas a las que hizo referencia.

Abogado Germán Calderón España.
Abogado Germán Calderón España. | Foto: Archivo particular

“En el caso concreto, la Sala encontró que no es posible individualizar a una persona o establecer un conjunto de criterios que sirvieran para identificar a un grupo de personas a las cuales se refiera la expresión usada por el primer mandatario en el discurso del 30 de agosto de 2024”, indicó la decisión del Consejo de Estado.

Otro de los argumentos de la Sección Segunda para rechazar la tutela tiene relación con que la expresión que utilizó el presidente Petro no tuvo la intención de vulnerar derechos fundamentales, pues a pesar de que constituye un estereotipo, no consistió en señalamientos en contra de personas específicas.

El presidente del Consejo de Estado posesionó a tres magistrados.
El presidente del Consejo de Estado y el presidente Petro durante posesión a tres magistrados. | Foto: Consejo de Estado

El fallo de 31 páginas también detalla: “Si bien la expresión objeto de controversia es jurídica y constitucionalmente reprochable, lo cierto es que, al no existir una persona o conjunto de personas identificadas que sean sujetas pasivas de la misma, en el contexto en que fue emitida, no existen titulares de los derechos fundamentales al buen nombre, a la honra y a la no discriminación”.

Hay que recordar que el calificativo que causó toda la polémica salió en medio de la posesión en Quibdó, Chocó, que Petro le hizo a Iris Marín como defensora del Pueblo.