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Rectora de un colegio en Huila que prohibió noviazgos, piercings y cabellos tinturados ganó tutela; esto fue lo que pasó
Las medidas anunciadas por la funcionaria han sido motivo de debate sobre cómo se debe aplicar la disciplina a los estudiantes.
La rectora de la Institución Educativa Misael Pastrana Borrero, Olga Narváez, ha dado de qué hablar gracias a sus declaraciones sobre ciertos límites que impuso en el recinto educativo que dirige.
La funcionaria de la institución ubicada en el municipio de Rivera (Huila), indicó que en el colegio que ella conduce queda prohibido portar celulares, así como el uso de piercings y también los noviazgos entre estudiantes.
“Además de que ningún alumno podrá teñirse el cabello y en el caso de los hombres, no podrán tenerlo largo. Los padres de familia que no están de acuerdo con la medida, deberán buscar otro colegio para sus hijos. Le vamos a poner disciplina a los estudiantes al entrar, en la formación y en la presentación personal. No vamos a iniciar con procesos, hay estudiantes que el observador parece un libro, todo el año llenaron compromisos y nunca se cumplieron. Hasta el último día dieron lora”, sostuvo Narváez a inicios de febrero.
Estas declaraciones causaron polémica en el país; algunos consideraban que las medidas eran correctas, mientras que otro sector indicó que se trataba de imposiciones drásticas.
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Por esa razón, fueron instauradas dos tutelas en contra de la rectora; la primera había sido negada y en las últimas horas se confirmó que la segunda también. De acuerdo al fallo proferido, la tutela resultó ser improcedente y no logró que se acabaran todas las medidas impartidas por la rectora.
Según el juez, la tutela fue negada al verificar que las medidas hacen parte del manual de convivencia de la institución educativa.
En su momento, personalidades como Alfredo Vargas Ortiz, exsecretario de Educación del municipio de Neiva, se pronunció y dijo estar en desacuerdo con la mujer; también aseguró que, según él, es una situación inconstitucional, violatoria del derecho fundamental de los estudiantes al libre desarrollo de la personalidad, tal como lo indica el artículo 16 de la Constitución Política.
“Ya hay bastante jurisprudencia de la Corte Constitucional que se refiere al asunto frente a instituciones educativas que han adoptado este tipo de medidas que pretenden influenciar en las personas”, afirmó.
Asimismo, Jairo Losada, de la Asociación de Institutores Huilenses, manifestó que estas medidas van en contravía del derecho a la libre expresión, y que “la inteligencia no se mide por la apariencia física, que es un tema más cultural”, dijo.
Mientras que la secretaria de Educación del departamento del Huila, Milena Oliveros, dijo no estar a favor ni en contra de las medidas impuestas por la rectora Narváez. “Los chicos día a día están más lejos del orden y son menos tolerantes. Es posible que la rectora exagere en algunas cosas, pero la disciplina en ese colegio se ha perdido en alto porcentaje”, mencionó.
Entretanto, el alcalde del municipio de Rivera, Jhon Jairo Yepes, respaldó a la rectora en su decisión, y dijo que son normas que hay que volverlas a rescatar. “Apoyando la posición de la rectora. Es algo que marca la pauta. Yo me acuerdo cuando era estudiante hace 20 años y la exigencia de los profesores era esa: ir a clases bien presentado”.
Cabe recordar que la ley permite a los colegios restringir uso de celulares. Según se explica en la norma, la idea es generar entornos seguros para niños y adolescentes que todavía se encuentran estudiando y que, a su vez, usan estas herramientas tecnológicas para adelantar sus procesos académicos.
“De forma excepcional, previo aval del comité escolar de convivencia y del consejo directivo, se podrá restringir el uso de dispositivos de telefonía móvil a determinados horarios o lugares. Lo anterior, con el fin de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes ante situaciones de riesgo relacionadas con el uso de dispositivos tecnológicos y de comunicaciones”, indica la ley firmada por el expresidente de la República Iván Duque.
La norma indica que el uso responsable de las herramientas tecnológicas de parte de los menores es “responsabilidad compartida” entre el Estado, las instituciones educativas y los padres de familia. Igualmente, se otorgan responsabilidades tanto a las instituciones como a los padres de familia para el uso adecuado de estas herramientas.
Las instituciones educativas deben adoptar la reglamentación e incluirla en los manuales de convivencia y establecer “dentro de acuerdos de convivencia escolar, mecanismos para dar un uso adecuado a las herramientas TIC, tanto para facilitar procesos de aprendizaje como para la protección de niños, niñas y adolescentes”.