Nación
Se cayó la intervención del Gobierno Petro a la EPS Sanitas por decisión de la Corte Constitucional
El magistrado Vladimir Fernández, exsecretario jurídico de Petro, salvó voto en esta decisión.

La mayoría de los nueve magistrados de la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió suspender la intervención que el gobierno del presidente Gustavo Petro realizó, por medio de la Superintendencia de Salud, a la EPS Sanitas.
La decisión que se confirmó desde el alto tribunal detalla: “Dejar sin efectos la Resolución 2024160000003002-6 del 2 de abril de 2024 que ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la Entidad Promotora de Salud Sanitas S.A.S. por el término de un año”.

Así mismo, quedó sin piso jurídico la resolución del primero de abril de este año, que amplió dicha intervención por un año más tras decisión de la propia Superintendencia de Salud.
La mayoría de los nueve magistrados de la Sala Plena también estuvo de acuerdo con “revocar” la sentencia del 10 de julio de 2024, proferida por la Corte Suprema de Justicia, confirmando el fallo expedido por el Tribunal de Bogotá, el cual declaró improcedente la tutela que interpuso la clínica Colsanitas, Medisanitas, Keralty, Colsanitas, y Juan Pablo Rueda contra la SuperSalud.
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A cambio de eso, la Corte Constitucional decidió: “Amparar el derecho fundamental al debido proceso de Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S. Compañía de Medicina Prepagada, Keralty S.A.S., Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A., Entidad Promotora de Salud Sanitas S.A.S. y Juan Pablo Rueda Sánchez (entonces presidente de Sanitas)”.
Esta historia empezó a principios de abril de 2024, cuando el equipo jurídico de la EPS anunció acciones legales contra la intervención de la Superintendencia para retomar el control de la entidad.
En ese momento, el abogado de Keralty, Juan David Riveros, explicó que los inversionistas extranjeros que hacían parte del grupo anunciaron intenciones formales de iniciar una disputa legal en el “marco de los tratados de protección interna recíproca de inversión”.

El Tribunal Superior de Bogotá declaró “improcedente” dicho recurso que terminó llegando a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, donde se confirmó la misma decisión.
El caso finalmente arribó a la Corte Constitucional después de que la entonces magistrada, Cristina Pardo, anunciara la tutela presentada por los accionistas de Sanitas contra la decisión de la Superintendencia, que ordenó la intervención forzosa de la promotora de salud.