POLÍTICA

SEMANA revela el proyecto de ley de sometimiento para organizaciones criminales que radicará Gustavo Petro este domingo. Cinco puntos clave

La norma sería aplicable a las disidencias y al Clan del Golfo. En el proyecto se contemplan beneficios como sanciones alternativas, libertades preparatorias, rebajas de pena y la posibilidad de conservar el 12 % de los bienes que se devuelvan.

19 de julio de 2025, 2:32 p. m.
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El Gobierno radicará el proyecto de ley “por medio de la cual se establece un tratamiento penal diferenciado, para el desmantelamiento y sometimiento de organizaciones al margen de la ley, y reglas para la consolidación de la paz total, el orden público y la seguridad ciudadana” | Foto: Fotomontaje SEMANA

El Gobierno del presidente Petro radicará este domingo, 20 de julio, un proyecto de ley que desatará una enorme controversia jurídica y política.

Se trata del marco normativo “por medio de la cual se establece un tratamiento penal diferenciado para el desmantelamiento y sometimiento de organizaciones al margen de la ley, y reglas para la consolidación de la paz total, el orden público y la seguridad ciudadana”.

Evento de Gustavo Petro en el centro administrativo de La Alpujarra el pasado sábado 21 de junio.
El evento fue criticado por haber tenido la presencia de miembros de bandas criminales que salieron desde las cárceles. | Foto: Presidencia.

La ley tiene por objeto fijar la implementación de los procedimientos y tratamientos penales diferenciados para integrantes de grupos armados organizados al margen de la ley (GAOML), Grupos Armados Organizados (GAO), estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto (EAOCAI), financiadores y colaboradores, así como a aquellas personas procesadas con ocasión del ejercicio de la protesta social; garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición para contribuir a la consolidación de la paz, el orden público y la seguridad ciudadana.

SEMANA revela los cinco aspectos esenciales del proyecto:

1. Los destinatarios

La ley se aplicará a dos clases de personas:

  • Quienes fueron excluidos previamente de los procesos de justicia transicional de Justicia y Paz y de la Jurisdicción Especial para la Paz, es decir, a los miembros de las disidencias.
  • A quienes se desmovilicen como consecuencia de un acuerdo de paz suscrito con el Gobierno nacional, desde la entrada en vigencia de esta ley, es decir, a los miembros de grupos armados al margen de la ley como el Clan del Golfo si suscriben un acuerdo con el Estado.

2. Los beneficios

Este sistema contempla tres tipos de penas alternativas:

  • Para los máximos responsables de graves violaciones a los derechos humanos, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, graves infracciones al DIH, y delitos conexos, se les aplicará una pena alternativa privativa de la libertad por un período mínimo de cinco (5) años y no superior a ocho (8) años.
  • Para los que no sean máximos responsables de estos delitos se aplicarán penas alternativas de dos a cinco años.
  • Para los responsables de otros delitos se podrá aplicar el principio de oportunidad.
  • A los excluidos de la JEP y de Justicia y Paz una privación de la libertad de entre ocho (8) años y diez (10) años.

Adicionalmente, el Gobierno nacional podrá disponer de lugares especiales para el cumplimiento de medidas de aseguramiento y ejecución de las penas privativas de la libertad. En el caso de los indígenas, podrá haber medidas especiales de acuerdo a su cultura.

La paz total ha sido una de las principales banderas del presidente Gustavo Petro, la cual pidió priorizar en todo el Gobierno.
Este 20 de julio, el presidente radicará ante el Congreso su proyecto para desmantelar las bandas criminales. Se anticipa que levantará polémica. | Foto: Presidencia

Las personas que hayan cumplido ocho (8) años o las dos quintas partes de la pena de privación efectiva de la libertad, tendrán derecho a la libertad condicional cuando además de la colaboración efectiva con el desmantelamiento de la organización, se verifique la contribución efectiva con la satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación colectiva y garantías de no repetición.

También se contempla la libertad preparatoria para trabajar o estudiar por el tiempo restante que le queda de la pena impuesta, una vez cumplan cinco (5) años de pena privativa efectiva de la libertad.

3. El procedimiento

El procedimiento es similar al de la justicia ordinaria, aunque abreviado, pues las audiencias son concentradas. En todo caso, si no se reconoce responsabilidad, el proceso se envía a la justicia ordinaria según la Ley 906 de 2004.

Las sentencias serán colectivas: finalizada la audiencia, la autoridad judicial de conocimiento emitirá sentencia dentro de los tres (3) meses siguientes a la terminación de la audiencia concentrada de formulación y aceptación de cargos. La sentencia escrita se pondrá a disposición de cada una de las partes e intervinientes por un término de quince (15) días.

Se excluirá de este sistema a las siguientes personas:

a. A quien incumpla de manera grave los compromisos adquiridos.

b. A quien oculte información sustancial sobre bienes, redes o patrones criminales.

c. A quien reincida en actividades delictivas dolosas o mantenga vínculos con estructuras activas.

d. A quien no cumpla con las condiciones de colaboración previstas en el acuerdo de colaboración eficaz celebrado con la Fiscalía.

4. La regulación sobre los bienes

Se contempla la obligación de entregar los bienes de procedencia ilícita. Sin embargo, en el marco de los procedimientos dispuestos en esta ley, la autoridad judicial otorgará la posibilidad de conservar hasta el 12 % de los bienes entregados a título individual. El monto de los bienes que se puedan conservar, se fijará de acuerdo con el grado de la colaboración eficaz del grupo o del miembro de la organización. Para el cumplimiento de esta disposición, el juez debe valorar, especialmente, las negociaciones de paz con estos grupos armados.

El Ejército y la Policía han asestado duros golpes a los antiguos cabecillas como alias Chirimoya. Todo eso ha generado ascensos fugaces para que las estructuras y los planes de expansión no se queden sin dolientes.
La norma contiene beneficios aplicables a las disidencias y a grupos criminales como el Clan del Golfo. | Foto: A.P.I

5. Las víctimas y la reparación

Las personas sometidas deberán suscribir ante la Fiscalía General de la Nación un acta de compromiso mediante la cual se obliguen a colaborar con el esclarecimiento de los hechos y a participar en los procesos de reparación colectiva con enfoque territorial, como requisitos esenciales para su vinculación al procedimiento especial.

La ley contempla la obligación de las personas que se sometan a contribuir al restablecimiento de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. Asimismo, quienes se sometan tendrán obligaciones especiales frente al desmantelamiento:

a. La existencia previa de un acuerdo de desmantelamiento de la organización y de las economías ilegales.

b. Colaboración eficaz para el cumplimiento del acuerdo de desmantelamiento de la organización y de las economías ilegales.

c. Entrega total de los bienes producto de las actividades ilegales de la estructura y de los individuos que la conforman.

d. Intervenir en los mecanismos de justicia restaurativa.

e. Cesar individualmente toda actividad delictiva.

f. Contar la verdad sobre sus acciones delictivas, individuales y colectivas.

 g. Someterse a los presupuestos que se acuerden individualmente con la fiscalía, propios de la justicia premial: preacuerdos, aceptación de cargos, sentencia anticipada.

Este es el proyecto de ley: