Judicial

Soldado fue condenado por transmitir en vivo un TikTok mientras estaba en guardia

En la decisión se advirtió que con su actuar puso en riesgo la seguridad de sus compañeros.

30 de marzo de 2025, 3:25 p. m.
La misión de este despliegue de capacidades diferenciales está orientada a prevenir y contrarrestar el accionar de los grupos armados ilegales y la delincuencia común organizada.
Foto referencial del Ejército Nacional de Colombia. | Foto: Ejército Nacional

Por considerar que incurrió en una falta al separarse de su puesto mientras hacía guardia para hacer una transmisión en vivo desde la red social TikTok, la Justicia Penal Militar condenó a un soldado del Batallón de Policía Militar No.5 Guillermo Ferguson.

Como indican las pruebas, el 13 de marzo de 2025, mientras se encontraba en funciones de centinela en la Base Militar La Roca, ubicada en el Fuerte Militar de Tolemaida, en Nilo (Cundinamarca) el soldado realizó una transmisión en vivo mientras respondía preguntas de sus seguidores.

El personal superior encontró al soldado - según señala el fallo - a “seis metros” de la ubicación de guardia asignada mientras realizaba la transmisión en su red social. En el oficio quedó registrado que siendo las 10:53 de la mañana se notó que el uniformado no se encontraba en su puesto de guardia.

La transmisión de TikTok fue interrumpida por sus superiores, quienes pidieron que se adelantara una investigación.

Uno de los artefactos explosivos habría caído cerca al casino de oficiales en donde habría quedado herido, sin gravedad, un oficial del Ejército.
Uno de los artefactos explosivos habría caído cerca al casino de oficiales en donde habría quedado herido, sin gravedad, un oficial del Ejército. | Foto: NurPhoto via Getty Images

La Justicia Penal Militar puso de presente el hecho que con su actuar el soldado puso en riesgo la integridad y seguridad de sus compañeros y de la unidad en general, puesto que debía estar alerta y atento durante su turno a lo que pasara a su alrededor.

“El centinela que se duerma, se embriague o se ponga bajo los efectos de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, o falte a las consignas especiales que haya recibido, o se separe de su puesto, o se deje relevar por quien no esté legítimamente autorizado, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años”, señala el artículo 112 del Código Penal Militar.

Cualquier distracción, como lo indica la ley, o incumplimiento en sus funciones, representa una desatención a las normas de disciplina y seguridad de las Fuerzas Militares.

Con toda la evidencia documental y testimonial, el Juzgado 1305 Penal Militar y Policial de Conocimiento sentenció a seis meses de prisión al soldado.

La decisión enfatiza en que no solamente se trató de un simple alejamiento del asignado, sino en distraerse con una actividad ajena a sus funciones establecidas.

Frente a esta situación en específico, la Justicia Penal Militar manifestó que todos los integrantes de las Fuerzas Militares y de Policía tienen la obligación de mantener una actitud responsable y disciplinada en el cumplimiento de sus funciones, particularmente en tareas críticas como la vigilancia y la seguridad.

“La Justicia Penal Militar y Policial reafirma su compromiso con el cumplimiento de las normas y protocolos de seguridad en las Fuerzas Militares, garantizando la disciplina y la protección de los intereses del Estado”, señaló al Justicia Penal Militar mediante un comunicado.