Vigilancia
SuperIndustria rechaza solicitud realizada por Sergio Fajardo. Esto pedía el precandidato presidencial
Acudió a la delegatura de protección de datos para que sacaran del aire un video. He aquí la miniserie en cuestión.
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La solicitud presentada por el precandidato presidencial Sergio Fajardo, tramitada el 4 de noviembre de 2025 ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), recibió una respuesta negativa por parte de la entidad.
Fajardo, quien acudió a través de un apoderado, solicitó ante la delegatura de protección de datos la eliminación de un video en redes sociales que, según su argumentación, “hacía parte de una campaña sostenida de desinformación”.
De hecho, dicha campaña, contra su buen nombre, habría empezado durante las elecciones de 2022.
Al decir de Fajardo, la mencionada campaña habría afectado su reputación, confundido a la ciudadanía y vulnerado sus derechos fundamentales.

Pero el precandidato, quien pedía que se bloqueara temporalmente un video de TikTok en el que se usa su imagen, su voz y su nombre, sin autorización y con posibles fines políticos, también argumentó que la difusión del contenido era un tratamiento no autorizado de datos personales sensibles y que su impacto se agravaba por el alcance de la red social mencionada.
¿Qué dijo la SIC?
Pese a las preocupaciones del precandidato presidencial, la SuperIndustria afirmó que revisó el enlace proporcionado por los reclamantes (Fajardo y su apoderado), luego de lo cual verificó lo siguiente: “El video se titula ‘Hidroituango: la historia’. En él se identificaron fragmentos en los que aparece Fajardo”.
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Según la entidad de vigilancia y protección de los derechos ciudadanos, tras analizar el contexto de la cuenta en la que se publica la “miniserie documental híbrida”, como la mencionó la entidad, la cual se identifica como @elcontralorcol, pudo corroborar que el contenido se refiere a presuntos hechos de corrupción en Colombia, y la historia es protagonizada por el excontralor Felipe Córdoba, hoy también precandidato presidencial.
En concepto de Fajardo, con la pieza audiovisual se difunde un contenido en el que hay “un tratamiento no autorizado de datos personales sensibles”. Pero lo más complicado es que podría tener fines políticos. En el documental híbrido el protagonista es Córdoba, que aparece como alguien con la suficiente voluntad para no dejarse sobornar, en relación con el caso Hidroituango, mientras menciona a una serie de políticos corruptos y en una de las imágenes aparece Fajardo.
¿Un vacío de ley?
Pero la SIC, amparada en la Ley 1581 de 2012, concluye que la solicitud de Fajardo no cumplía con el criterio de ámbito de aplicación.
Para la Superintendencia, en general, las cuentas personales en redes sociales no se consideran bases de datos reguladas por esta ley (1581).
De esa manera, en aras de la protección de datos personales, no podrían exigir que cualquier usuario de redes cumpla con todas las obligaciones de un responsable del tratamiento —como políticas de privacidad, sistemas de autorización o medidas de seguridad—. De hacerlo, sería “una situación absurda” y contraria al propósito de la norma, manifestó la delegatura que respondió a Fajardo.
Además, la SIC manifiesta que el contenido del video podría estar protegido por la libertad de expresión y de información, especialmente porque trata temas de debate público y menciona a personajes con proyección política, como Sergio Fajardo y Felipe Córdoba.
De acuerdo con la SIC, la ley a la que acude la reclamación de Fajardo “no fue creada para regular publicaciones ocasionales de información personal en redes sociales, ni para restringir contenidos vinculados al ejercicio de la libertad de expresión, incluso si incluyen imágenes, nombres o referencias a figuras públicas”.

La libertad de expresión
De hecho, señala: “El contenido del video podría estar protegido por la libertad de expresión y de información, especialmente porque trata temas de debate público, y menciona a personajes con proyección política, como Sergio Fajardo y Felipe Córdoba”.
Tendría otra instancia a la cual acudir
En el documento emitido por la SIC, sobre su decisión ante la solicitud de Fajardo, la entidad afirma que “los debates sobre la veracidad de la información, el impacto reputacional o los límites del discurso político deben resolverse mediante los mecanismos judiciales adecuados, y no a través de los procedimientos administrativos de protección de datos personales”.
