Judicial

Tribunal ordena a la Registraduría y CNE que permita inscripción de candidatos del Pacto Histórico a la consulta presidencial

La votación se realizará este viernes 26 de septiembre.

25 de septiembre de 2025, 9:15 p. m.
Carolina Corcho, Susana Muhamad, Gloria Flórez, Camilo Romero, Daniel Quintero y Gustavo Bolívar
Carolina Corcho, Susana Muhamad, Gloria Flórez, Camilo Romero, Daniel Quintero y Gustavo Bolívar. | Foto: SEMANA

A pocas horas de que se celebre la consulta presidencial de los partidos cercanos al presidente Gustavo Petro, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá tomó una trascendental decisión.

La Sala avaló la medida cautelar presentada por los precandidatos Carolina Corcho y Gustavo Bolívar y le ordenó tanto a la Registraduría Nacional como al Consejo Nacional Electoral (CNE) que permitan la inscripción de los candidatos que hacen parte del Pacto Histórico.

“Ordenar a la Registraduría y al CNE abstenerse de ejecutar actos que impidan o difieran la inscripción aquí autorizada por razón del condicionamiento suspendido, sin perjuicio de los controles de verificación documental ordinarios”, precisa la decisión.

Gustavo Bolívar está recibiendo la asesoría de Carolina Corcho
Gustavo Bolívar está recibiendo la asesoría de Carolina Corcho | Foto: SEMANA

La decisión se tomó en medio de una acción de tutela presentada por la exministra de Salud y el exdirector del departamento de Prosperidad Social, en la que reclaman la protección de sus derechos al debido proceso e igualdad que consideraron vulnerados por la decisión del CNE.

En este sentido, reclamaron que fueron excluidos de participar en la convocatoria de las consultas presidenciales, pese a que cuentan con todos los requisitos.

“De acuerdo con lo expuesto, la adopción de la medida provisional urgente se justifica, pues solo de esa manera se evita la consumación de una afectación grave, cierta e irreversible a los derechos fundamentales invocados y que el fallo que se adopte no sea inocuo, en tanto el calendario electoral avanzaría sin los accionantes de igualdad”, precisa.

El Tribunal indicó que la medida era necesaria debido a que la consulta se realizará prontamente y es la única medida para permitir la participación de los accionantes.

“Debe advertirse que tal decisión no implica prejuzgamiento, en tanto que, al proferirse con ocasión de la resolución de una medida cautelar, tales argumentos pueden ser diferentes de los que eventualmente se consideran al momento de dictar sentencia”, aclara la decisión.

La consulta popular de los movimientos progresistas ha generado una gran polémica entre sus integrantes en los últimos días.

Recientemente, Gustavo Bolívar le pidió al exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, desistir de su participación al considerar que no representa los principios de estos movimientos que han acompañado a Gustavo Petro en la Presidencia.

Esta es la decisión completa: