Judicial
Tribunal rechaza tutela por la emisión de imágenes porno durante el juicio al expresidente Álvaro Uribe Vélez
El accionante aseguraba que su hijo de 13 años había quedado impactado tras ver el video que se mostró durante una de las audiencias.

En la tarde del pasado 7 de marzo, en la audiencia en la que declaraba Luz Mireya López, una investigadora del CTI de la Fiscalía General en el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, se presentó un hecho bastante inusual.
Mientras revelaba lo que se halló en el teléfono del abogado Diego Cadena, uno de los principales protagonistas en este caso, se reprodujeron dos videos que generaron una gran molestia en el exmandatario, quien asistía a la audiencia de manera virtual.
Primero, una reconocida canción de música popular entró en escena. Mientras nadie entendía qué estaba pasando, apareció proyectado el video de un hombre de baja estatura con una botella de licor intentando bailar la canción que sonaba a todo volumen en el bafle ubicado en el baúl de un carro.
Mientras intentaban cortar el video, abrieron otro archivo recuperado del celular de Diego Cadena. En este aparecía una joven modelo exhibiendo, en vestido de baño, sus partes íntimas y haciendo una acción que parecería tener un tono jocoso.
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Esta escena motivó la presentación de una acción de tutela en contra del Juzgado 44 de Conocimiento de Bogotá de parte de un ciudadano que consideró vulnerados los derechos de su hijo menor de edad.
El insólito video divulgado por error en el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe demuestra la improvisación de la fiscal del caso. https://t.co/if1kX8q65f pic.twitter.com/wLvI0IjAjX
— Revista Semana (@RevistaSemana) March 7, 2025
Las imágenes aparecieron en redes sociales y varios medios de comunicación, por lo que su hijo de 13 años le preguntó sobre este contenido explícito.
El tutelante no ahorró calificativos en contra de la imagen, señalando que se trataba de algo pornográfico con contenido sexual.
El Tribunal Superior, evaluando los elementos probatorios, consideró que se trató de un trámite del proceso y que nadie podía controlar lo que se iba a mostrar.
Para esto, tuvo en cuenta los argumentos de la jueza 44 de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, quien señaló que ni ella ni ningún integrante de su despacho pueden tener acceso a los elementos materiales de prueba que serán presentados en las audiencias.
Estos son los alcances del fallo de la Corte Suprema que ordenó suspender el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. ¿Qué sigue ahora? https://t.co/if1kX8q65f pic.twitter.com/EjnUqnX1J5
— Revista Semana (@RevistaSemana) March 20, 2025
“El juzgado informó que al inicio de la actuación en comento dio a conocer los protocolos de comportamiento establecidos por el Consejo Superior de la Judicatura para el desarrollo del juicio oral se advirtió que no puede aplicar filtros ni revisar las evidencias antes de las sesiones del juicio, porque iría en contravía del ordenamiento penal, que requiere de su imparcialidad”, precisó el fallo.
Igualmente, se le hizo un llamado de atención al tutelante al considerar que sobre él recae, principalmente, la educación de su hijo, aseverando que estaba en la capacidad de explicarle lo sucedido.

“Además, el cuidado de acceso de menores de edad a redes sociales y medios de comunicación corresponde a sus padres, quienes no deben permitir que presencien este tipo de debates ante la jurisdicción penal, por todo lo que ello implica”, añadió el fallo.
Este viernes, 28 de marzo, se reanudará la etapa de juicio contra el expresidente Uribe. Esto después de que rechazara la recusación presentada por el abogado Jaime Granados Peña en contra de la jueza 44 de conocimiento.
La diligencia se reanudará con la declaración de Fabián Arturo Rojas Puertas, un exasesor de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) de Álvaro Uribe Vélez cuando fue senador en el año 2018.