Judicial
Tribunal tumbó consulta interna del Pacto Histórico entre Iván Cepeda, Daniel Quintero Calle y Carolina Corcho
Esto después de que se rechazara la tutela presentada por la exministra de Salud.
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SEMANA conoció en exclusiva el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, que declaró improcedente la tutela presentada por la exministra de Salud, Carolina Corcho, y el exdirector del Departamento de Prosperidad Social (DPS), Gustavo Bolívar, en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE).
La Sala Laboral, con ponencia de la magistrada Daniela de los Ríos Barrera, declaró improcedente la acción judicial y negó el amparo de los derechos fundamentales a la participación en política e igualdad que habían solicitado Carolina Corcho y Gustavo Bolívar.
La exministra de Salud pidió que se le dejara inscribir su nombre en la consulta al ser parte de la colectividad y apoyar el proyecto progresista del presidente Gustavo Petro.

“[...] al no estimarse un quebranto de las garantías constitucionales imploradas y verificadas en esta oportunidad, es por lo que resulta procedente negar la tutela del derecho fundamental a la participación ciudadana, al de elegir y ser elegido e igualdad”, concluye el fallo.
En el debate jurídico se indica que no les cabía razón a los reclamos elevados por Carolina Corcho, que cuestionaba la resolución del CNE de aprobar al Pacto Histórico como un partido único para los próximos comicios, excluyendo a los movimientos Progresistas y Colombia Humana que les otorgaron el aval a varios precandidatos presidenciales cercanos a Gustavo Petro.
“En conclusión, en el caso analizado, no se configura vulneración del derecho fundamental a la igualdad consagrado en el artículo 13 de la Constitución Política, toda vez que el Consejo Nacional Electoral ha mantenido un tratamiento coherente y equitativo frente a situaciones análogas”, enfatiza la decisión.
“[...] del examen de la Resolución 09673 de 2025 se evidencia que el CNE actuó en concordancia con su propio precedente, específicamente con la Resolución 09111 de 2025, en la que se reconoció la personería jurídica del movimiento político Progresistas condicionada a la culminación de los procesos sancionatorios en curso”, añadió.

En la misma decisión de 39 páginas se anularon los efectos de la medida cautelar emitida el pasado 25 de septiembre, con la que se suspendieron los de una resolución del CNE sobre el condicionamiento de la personería jurídica del partido del Pacto Histórico “a la firmeza de procesos sancionatorios”, y ordenó “habilitar la inscripción de las precandidaturas del partido para la consulta del 26 de octubre de 2025 y abstenerse de ejercer actos que impidan o difieran la inscripción”.
La consulta del Pacto Histórico, en la que se buscaba elegir el candidato a la Presidencia para 2026, se iba a celebrar el próximo domingo 26 de octubre.
Tras conocer la decisión judicial, el presidente Gustavo Petro publicó un mensaje en su cuenta de X en el que cuestionó los alcances del fallo y lo calificó como un “sabotaje a la democracia”.
“Estamos ante un intento de la derecha de impedir que el Pacto Histórico actúe en la vida política legal de Colombia [...]. Esto es un sabotaje a la democracia. Son dictadures los que impiden que la Constitución se aplique” (sic), indicó el jefe de Estado.