Judicial

Tutelas que piden la casa por cárcel para Epa Colombia serán estudiadas de manera individual en la Corte Suprema de Justicia

El alto tribunal tomó una trascendental decisión por las acciones judiciales que se presentaron para pedir la protección de los derechos fundamentales de la empresaria.

4 de marzo de 2025, 4:01 p. m.
Revelan cómo es la celda de Epa Colombia
Epa Colombia, en la cárcel. | Foto: Montaje de SEMANA | Captura de pantalla ReChismes - Pódcast Cárceles de Johana Bahamón

SEMANA conoció en primicia las más recientes decisiones de la Corte Suprema de Justicia frente a las tutelas que se han presentado en las últimas semanas para pedir la protección de los derechos fundamentales de la empresaria y creadora de contenido Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia.

Trabajadores, amigos cercanos y seguidores de la empresaria presentaron una decena de tutelas pidiendo que se revisen los alcances de la sentencia que la condenó a cinco años y dos meses de prisión por destruir una estación de TransMilenio, en el sur de Bogotá, en medio de las protestas que se llevaron a cabo en noviembre de 2019.

Debido a que las acciones de tutela tenían un punto en común (la solicitud de casa por cárcel para Epa Colombia por ser madre cabeza de familia), se propuso la acumulación de las tutelas para unificar su estudio y así tomar una decisión de fondo frente a estas peticiones.

Sin embargo, el pasado 3 de marzo, el despacho del magistrado Octavio Tejeiro Duque no aceptó tal acumulación de tutelas, hecho por el cual se pasará a una revisión individual de cada una de las acciones judiciales radicadas.

En la página de la Rama Judicial se registran siete acciones de tutela presentadas ante la Corte Suprema de Justicia en el caso de Epa Colombia.

Esto ha llevado a que, en varias oportunidades, el abogado Francisco Bernate Ochoa, quien recibió el poder para representar a Epa Colombia tras el fallo de la Corte Suprema, hiciera un llamado para que la ciudadanía dejara de presentar estas acciones de tutela, pues entorpece el actuar de la administración de justicia.

“Se deben detener esas tutelas, pues traen efectos negativos en la situación judicial”, detalló el abogado penalista hace unas semanas al indicar que esto colapsa el sistema judicial y evita que se resuelva de manera rápida y expedita la situación judicial de la empresaria.

Reseñando que él ha recibido el poder de la empresaria para elevar la acción de tutela en la que pide que se protejan sus derechos fundamentales, que considera afectados con la decisión de la Corte de ordenar su reclusión en un centro carcelario sin ningún tipo de beneficio.

SEMANA, igualmente, conoció en primicia que el expediente contra Epa Colombia ya se encuentra para su conocimiento y revisión en el juzgado tercero de ejecución de penas de Bogotá.

Epa Colombia se presenta de manera virtual en la audiencia en la que la Corte Suprema de Justicia leerá la condena en su contra
Epa Colombia se presenta de manera virtual en la audiencia en la que la Corte Suprema de Justicia. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Es ante este juzgado que se elevará la petición para que se le otorgue la detención domiciliaria teniendo en cuenta el tema de su bebé recién nacida.

Epa Colombia se encuentra desde el pasado 30 de enero en la cárcel El Buen Pastor, de Bogotá. Esto después de que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejara en firme la condena por perturbación al servicio de transporte pública, colectivo u oficial e instigación a delinquir con fines terroristas.

Por este último cargo, la creadora de contenido no pudo acceder a beneficios judiciales como la libertad condicional o la detención domiciliaria, pues, está prohibido por la ley.

“La instigación no solo fue a vandalizar a cambio de nada, porque sí, ni como un propósito que se agotara en sí mismo. En lugar de ello, trascendió hasta los fines terroristas, porque incluyó que en los destinatarios pudiesen generar zozobra, intranquilidad, inquietud, aflicción, angustia, desazón, incertidumbre o desasosiego, y también aterrorizar, generar miedo, pánico, temor, pavor o susto”, señaló el fallo de la Corte.