Bogotá

Así aplicará el pico y placa en Bogotá durante Semana Santa; hay medida especial el Domingo de Resurrección

La medida aplica para vehículos particulares, taxis, transporte de carga y servicio de transporte especial.

13 de abril de 2025, 2:42 a. m.
La Secretaría de Movilidad ha definido los horarios y restricciones del pico y placa regional para este lunes festivo en Bogotá, buscando facilitar el regreso de miles de ciudadanos a la capital.
Las autoridades estarán monitoreando la medida. | Foto: imagen tomada de x @SectorMovilidad

La Alcaldía Mayor de Bogotá anunció cómo se aplicará la medida de pico y placa durante la Semana Santa de 2025, la cual se desarrollará entre el domingo 13 y el domingo 20 de abril.

El propósito central de esta medida es garantizar una mejor movilidad en la ciudad durante esta temporada, en la que se incrementa considerablemente el flujo vehicular, tanto por la llegada de visitantes como por la salida masiva de ciudadanos hacia otras regiones del país.

En ese sentido, la administración distrital detalló cómo operará el pico y placa para vehículos particulares, taxis, transporte de carga y servicio de transporte especial, con el fin de mantener el orden en la movilidad y reducir la congestión en las vías principales de la capital.

Vehículos particulares

Horarios de la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares es de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.

Domingo 13 de abril: No aplica

Lunes 14 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Martes 15 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.

Miércoles 16 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Jueves 17 de abril (festivo): No aplica

Viernes 18 de abril (festivo): No aplica

Sábado 19 de abril: No aplica

Domingo 20 de abril: Hay pico y placa regional

Con el objetivo de facilitar el retorno a la capital, la Secretaría de Movilidad ha establecido horarios específicos para el pico y placa regional, permitiendo el ingreso de vehículos de acuerdo con la terminación de sus placas.
Las autoridades estarán monitoreando la medida. | Foto: Imagen tomada de Alcaldía de Bogotá

Servicio público (taxis)

Los horarios de la medida de pico y placa en Bogotá para taxis es de 5:30 a. m. a 9:00 p. m.

Domingo 13 de abril: No aplica

Lunes 14 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1,2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.

Martes 15 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

Miércoles 16 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

Jueves 17 de abril (festivo): No aplica

Viernes 18 de abril (festivo): No aplica

Sábado 19 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.

Domingo 20 de abril: No aplica

Servicio de transporte especial

Los horarios de la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos especiales es de 5:30 a. m. a 9:00 p. m.

Domingo 13 de abril: No aplica

Lunes 14 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.

Martes 15 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

Miércoles 16 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

Jueves 17 de abril (festivo): No aplica

Viernes 18 de abril (festivo): No aplica

Sábado 19 de abril: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.

Domingo 20 de abril: No aplica.

Otras restricciones

Durante la Semana Santa de 2025, la restricción de pico y placa para vehículos de carga con más de 20 años de antigüedad en Bogotá continuará aplicándose bajo las disposiciones vigentes establecidas por la Secretaría Distrital de Movilidad.

Para el día sábado 19 de abril, solo podrán circular los camiones cuyas placas terminen en números pares: 0, 2, 4, 6 y 8, en el horario comprendido entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m.

De igual manera, entre lunes 14 y miércoles 16 de abril, estos vehículos tendrán restricción, sin distinción del último dígito de la placa, en dos franjas horarias: desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 a. m., y nuevamente desde las 5:00 p. m. hasta las 8:00 p. m.

Cabe destacar que los vehículos de carga pesada no estarán sujetos a restricciones los días domingo 13, jueves 17, viernes 18 y domingo 20 de abril, al ser considerados días festivos o dominicales, por lo que podrán circular sin limitaciones durante esas fechas.