Bogotá

Concejales de Bogotá, citados a audiencia de pérdida de investidura por aprobar creación de La Rolita de Claudia López

Se trata de un total de 24 concejales y exconcejales de la ciudad quienes deberán responder por indebida destinación de dineros públicos.

Redacción Nación
14 de enero de 2025
  El operador público de transporte en Bogotá es una de las principales apuestas que la alcaldesa Claudia López incluyó en su Plan de Desarrollo Distrital.
La Rolita se creó durante la administración de Claudia López, pero fue anulada. | Foto: ARCHIVO PARTICULAR / TransMilenio / GUILLERMO TORRES

La Operadora Pública de Transporte, La Rolita, que creó la exalcaldesa de Bogotá Claudia López, en su Plan de Desarrollo Distrital, sigue generando noticias en el capital del país.

El alto tribunal confirmó en segunda instancia la sentencia proferida por el Juzgado Sexto Administrativo de Bogotá, que había declarado la nulidad del operador por no haber cumplido el trámite requerido para su creación.

Con la decisión del Tribunal de Cundinamarca, quedó anulado el artículo 91 del Plan de Desarrollo de Claudia López, el cual establecía la creación de un operador público de transporte para la capital del país.

Buses de La Rolita
Buses de La Rolita. | Foto: Alcaldía de Bogotá

El argumento tanto del Juzgado Sexto Administrativo de Bogotá como del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para declarar la nulidad del artículo, fue la falta de un estudio técnico que respaldara la creación del operador de transporte.

Pues bien, tras conocerse la decisión del Tribunal de Cundinamarca, el 25 de octubre de 2024, el veedor Eduardo Carmelo Padilla radicó demanda de pérdida de investidura en contra de los hoy concejales y exconcejales de Bogotá que votaron positivamente para aprobar la creación de La Rolita.

Se trata de los hoy concejales: Edward Arias, Ana Teresa Bernal, Julián Espinosa, Andrés Onzaga, Heidy Sánchez, Ruben Torraado, María Clara Name, Fabián Puentes y Julián David Rodríguez Sastoque.

Además de los exconcejales: Álvaro Acevedo, Álvaro Argote, Diego Cancino, Carlos Carrillo, Nelson Cubides, Luz Marina Gordillo, Diego Guillermo La Serna, Luis Carlos Leal, Susana Muhamad, Celio Nieves, Andrea Padilla, Martín Rivera, María Fernanda Rojas, Ati Quigua Izquierdo y José Manuel Sarmiento.

Plenaria del Concejo de Bogotá discutiendo la modificación al reglamento interno.
Plenaria del Concejo de Bogotá para el periodo 2020 -2023. | Foto: Concejo de Bogotá

De acuerdo con los argumentos del veedor Carmelo Padilla, “los concejales y exconcejales de Bogotá, periodo 2020-2023, en este caso particular, en su condición de servidores públicos, con su conducta funcional al ejercer las competencias de las que ha sido revestido, traicionaron, cambiaron o distorsionaron los fines o cometidos estatales, preestablecidos en la Constitución, la ley o el reglamento, ii) para destinar los dineros públicos a objetos, actividades o propósitos no autorizados”.

Y enfatizó que “todos los demandados debieron solicitar a la administración distrital el estudio demostrativo, requisito sine qua non del artículo 69 de la Ley 489 de 1998, cuya ignorancia no es excusa para su cumplimiento, omisión mediante la cual se traicionó, cambió o distorsionó el fin para el cual fueron elegidos, para cumplir la Constitución y la ley, máxime, cuando los dineros públicos destinados para la creación e implementación de ese nuevo operador de transporte público distrital no contaron, al no tener ese estudio demostrativo, con la debida autorización legal”.

El veedor señaló que “si bien algunos concejales de Bogotá ya no ejercen dicha condición, esto no es óbice para que no sean sujetos de pérdida de investidura, teniendo en cuenta i) que esta acción constitucional produce una sanción disciplinaria y, ii) que esta acción constitucional se activa a partir del fallo de segunda instancia mediante el cual se confirma la nulidad de la norma acusada, por omisión de un requisito esencial para la creación de la empresa cuestionada”.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca no solo admitió la demanda en contra de los concejales y exconcejales, sino que, también citó para el próximo lunes 20 de enero de 2025, a las 4:15 p. m., la audiencia pública de pérdida de investidura.

La Rolita sigue operando

Es de mencionar que, a pesar del fallo de primera y de segunda instancia, La Rolita sigue operando en Bogotá.

Conductora del SITP fue agredida por un conductor de bus particular.
La Rolita sigue operando en Bogotá. | Foto: La Rolita

Según el argumento del Distrito para mantener en operación a La Rolita es que la sentencia anula el acto administrativo que autorizó su creación (un artículo del Plan de Desarrollo de la pasada administración), pero no anula el contrato de sociedad a través del cual se creó efectivamente La Rolita.

En ese sentido, como lo que se anuló fue el artículo del Plan de Desarrollo que autorizó la creación de La Rolita, tanto la gerente de TransMilenio, María Fernanda Ortiz, como el secretario jurídico de Bogotá, Mauricio Moncayo, revelaron que la administración distrital presentará ante el Concejo un nuevo proyecto que autorice la creación de La Rolita y, de esta manera, subsanar los errores que se cometieron en la anterior alcaldía y que llevaron al Tribunal Administrativo de Cundinamarca a declarar nulo el artículo.

En todo caso, hasta el momento, ese proyecto no ha sido presentado ante el Concejo.