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Última hora: ordenan el arresto de Clara Luz Roldán González, gobernadora del Valle del Cauca
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz lo ordenó, por dos días, “por la falta de control en el cumplimiento de las funciones delegadas”.
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad ordenó el arresto, inconmutable por dos días, de Clara Luz Roldán González, gobernadora del Valle del Cauca.
La decisión se tomó, según dicho tribunal, “por la falta de control en el cumplimiento de las funciones delegadas, en el marco de las medidas cautelares de la JEP que buscan proteger zonas de interés forense en donde se podrían hallar víctimas de desaparición forzada. La magistratura considera que su ausencia de cuidado pone en riesgo la garantía de los derechos de las víctimas y la materialización del Acuerdo Final para la Paz”.
Según la JEP, “la Gobernación del Valle fue vinculada a este trámite mediante Auto 073 de 2023, en el cual se determinó, respecto a dicha entidad territorial, entre otras: ordenar a título de medida cautelar para la protección de los derechos a la verdad y garantías de satisfacción para las víctimas de desaparición forzada de la región del alto Cauca y eje cafetero, a las gobernaciones de Caldas, Risaralda, Quindío y Valle del Cauca, el desarrollo de planes integrales de atención a las víctimas de desaparición forzada orientados al logro de la memoria y la verdad, que incluyan apoyo y cooperación con el INMLCF, que le permita a este último superar las carencias relacionadas con locaciones, equipos e insumos que permitan avanzar con mayor celeridad en la identificación y entrega digna de los cuerpos víctimas del conflicto exhumadas en estos departamentos. Los destinatarios de esta orden deben presentar a la Sección, en un término máximo de treinta (30) días una propuesta inicial que contenga la forma, plazos y recursos con los que se cumpla esta orden, la que deberá ser ajustada en los treinta (30) días siguientes según lo disponga esta Sección de ser el caso”.
Según dicho tribunal, la gobernadora no cumplió y debe ir a prisión dos días. “En la lista de asistencia a la audiencia del 28 de noviembre se registró el señor Hernández Arias (William Hernández Arias, en su calidad de subsecretario de Gestión en Convivencia y Seguridad del Departamento del Valle del Cauca), así como a varios funcionarios de la Gobernación del Valle. Sin embargo, el 29 de noviembre, fecha en la que correspondía la intervención de las gobernaciones, ni la mandataria, ni su delegado comparecieron. En audiencia se hizo su llamado público, se otorgó un plazo de espera de dos horas para justificar su inasistencia o garantizar la llegada del delegado sin obtener respuesta alguna”.
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Sumado a que envió a un funcionario de menor rango, indicó la JEP, dicho funcionario dejó de asistir y envió excusa médica. “Tengo para informarle que el día 28 de noviembre estuve presente en la diligencia, sin embargo, en el día de hoy 29 de noviembre del 2023, me excuso por la inasistencia. En el transcurso de la diligencia del día de ayer me llamaron del consultorio del anestesiólogo hoy a las 8:00 a. m. puesto que presento un problema severo de columna, tal como está en el documento anexo en la prescripción médica. Es preciso mencionar que la persona que se podía delegar por el conocimiento del tema y la experticia es contratista y no cuenta con facultades para tomar decisiones. Es importante mencionar que la señora gobernadora del Valle del Cauca, Dra. Clara Luz Roldán González, se encuentra en una mesa cerrada de seguridad por el incidente de un campo minado en el Valle del Cauca en el municipio de Bolívar Valle del Cauca, donde resultó herido un militar. Se están activando las rutas necesarias y tomando las medidas necesarias pertinentes”.
Así las cosas, determinó la JEP, la orden es el arresto por dos días de la gobernadora del Valle del Cauca. “Para lograr el fin último del trabajo de la Jurisdicción Especial para la Paz, esto es, materializar el Acuerdo Final de Paz (AFP) y, con ello, proteger los derechos de las víctimas, resulta fundamental asegurar el cumplimiento de las órdenes dadas en el marco de los procesos que esta adelanta”.