Justicia

¿Frenarán el vuelo de Verónica Alcocer? SEMANA revela los argumentos de una nueva demanda que busca tumbar la representación diplomática de la primera dama

Aunque la primera dama no forma parte del cuerpo diplomático ni es servidora pública, la Cancillería defiende a capa y espada su designación para representar a Colombia.

Redacción Semana
25 de enero de 2025
ED 2220
La primera dama, Verónica Alcocer, ha representado a Colombia ante el papa Francisco, el Reino Unido y el Gobierno de Japón sin ser diplomática. | Foto: SEMANA

Vuelve y juega. Las polémicas designaciones de Verónica Alcocer como embajadora en misión especial de Colombia en eventos internacionales, un asunto totalmente diplomático y no del resorte de la primera dama, están nuevamente en el ojo del huracán.

SEMANA revela detalles de la nueva demanda que avanza en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y que busca ponerles punto final a estas designaciones, que han contado con el beneplácito del canciller de turno (Álvaro Leyva o Luis Gilberto Murillo) y, obviamente, de la Presidencia de la República.

En la demanda se cuestiona el poder que ha recibido Alcocer para ir, entre otros eventos, a la coronación del rey Carlos III de Inglaterra. En esa oportunidad, el 6 de mayo de 2023, se vio a la primera dama en compañía del entonces canciller, Álvaro Leyva, con un elegante vestido blanco y un sombrero de flores. Incluso apareció muy sonriente en una selfi junto al príncipe William.

También representó a Colombia, a mediados de noviembre de 2022, cuando asistió, nuevamente en compañía del entonces canciller Leyva, al funeral de la reina Isabel II. El viaje más polémico fue la visita a Roma para una audiencia privada con el papa Francisco el 13 de enero de 2023.

Verónica alcocer Primera dama
Verónica Alcocer, primera dama. | Foto: Suministrada a Semana A.P.I.

Los argumentos de la demanda contra la participación diplomática de la primera dama señalan que “la señora Verónica del Socorro Alcocer García, nombrada y/o designada mediante el Decreto 0035 del 12 de enero de este año como embajadora de misión especial, no se posesionó, no tiene vínculo alguno con la administración pública”.

En este caso se ha cuestionado el hecho de que su rol de primera dama no es comparable con el de una servidora pública. “Es la esposa del presidente de la República, pero esa sola condición no le confiere de manera alguna el carácter de servidor público”, se cuestiona en la demanda.

El demandante va mucho más allá y asegura que este tipo de nombramientos representa una afectación clara al interés público y solo pretende beneficiar a la primera dama.

“Es un abuso y desviación del poder, al no tener en cuenta el interés público, sino para permitir un viaje al exterior de la señora del primer mandatario, y existe falsa motivación (...) por cuanto el sustento normativo de los viáticos allí ordenados se refiere a decretos que regulan situaciones administrativas de los empleados públicos, no para la primera dama”, agrega la demanda.

 El Consejo de Estado está a punto de tomar una decisión de fondo frente a las gestiones diplomáticas de Alcocer.
El Consejo de Estado está a punto de tomar una decisión de fondo frente a las gestiones diplomáticas de Alcocer. | Foto: SUMINISTRADO A SEMANA

El documento también alude a temas relacionados con una falsa motivación del presidente Petro al admitir la designación y advierte que la norma en ningún momento le permite al mandatario nombrar a su esposa o algún familiar para representar a Colombia. “No debe perderse de vista que, para misiones especiales o de confianza, el señor presidente tiene la facultad de nombrar a los embajadores y cónsules en el exterior”.

La defensa del Gobierno no tardó. En dos extensos conceptos conocidos en su totalidad por SEMANA, la Cancillería y el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) –entonces en cabeza de Laura Sarabia– intentaron dar legalidad a este lío diplomático.

“La designación de la señora Alcocer García como embajadora en misión especial se sustentó en las disposiciones legales vigentes y aplicables, sin que exista un caso de abuso o desviación del poder”, respondió el Dapre.

GUSTAVO PETRO Y VERóNICA ALCOcER Pareja presidencial
Gustavo Petro y Verónica Alcocer. | Foto: afp

La designación de la primera dama, insistió, se hizo como una encomienda de “una tarea especial en temas de interés del presidente de la República, en la que la representación del Estado se le confiaba a una persona de su máxima confianza, propia del protocolo diplomático”, y justificaron que las designaciones fueron por pocos días.

La Cancillería indicó que todo se ha hecho con claridad y sin engaños. “La comisión conferida a la señora Verónica del Socorro Alcocer García no constituye un nombramiento público, sino que, por el contrario, corresponde a una facultad especial del jefe de Estado”.

En la respuesta se alega que el canciller en propiedad o el que cumpla sus funciones tiene todas las facultades para realizar este tipo de comisiones de considerarlo necesario: “Se reitera, puede conferir comisión, como embajador en comisión especial, a un particular de confianza, como su agente directo en el exterior, de acuerdo con sus instrucciones (del presidente) precisas sobre el asunto”.

La primera dama ha sido fotografiada en constantes eventos internacionales de talla mayor, visitas diplomáticas en países donde Colombia cuenta con embajadas y cuerpo diplomático, que tiene las facultades para representar a Colombia.

Verónica Alcocer, primera dama de la nación
Verónica Alcocer, primera dama de la Nación. | Foto: archivo-suministradas a semana api

El otro proceso

Los constantes viajes de la primera dama han suscitado un debate jurídico. El 8 de mayo de 2024, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tumbó el decreto que le permitió asistir a la audiencia reservada con el papa Francisco, pues estaba “viciado de nulidad por el vínculo que la une con el señor presidente de la República”.

Rápidamente, el Ministerio de Relaciones Exteriores salió en defensa de Alcocer pidiendo la nulidad y alegando vulneración al debido proceso. Sin embargo, SEMANA conoció que el Consejo de Estado rechazó los argumentos y dictaminó que no existió tal falla.

Por el contrario, el Consejo de Estado cuestionó los argumentos: “No es correcto presumir que las decisiones dictadas en atención al sistema normativo, pero en sentido diferente al pretendido por la demandante, son violatorias de los derechos fundamentales, pues las particularidades de cada asunto determinan el sentido de las providencias”.

El pasado 21 de enero, el Consejo de Estado le envió un oficio a la primera dama para notificarle el estado del proceso y que ella está vinculada como “tercera con interés”. El máximo tribunal de lo contencioso administrativo ahora estudiará la apelación para emitir un fallo de fondo, en contra del cual no existe recurso alguno. ¿Se acabarán los viajes diplomáticos de la primera dama?