Regionales
Increíble: indígenas bloquean vía en Arauca exigiendo libertad de un hombre que fue capturado por abuso sexual y homicidio
El Ejército Nacional aseguró que este sujeto tenía orden de captura por el delito de homicidio.
Un grupo de indígenas adelantan el bloqueo de una vía en el departamento de Arauca, luego de que integrantes del Ejército Nacional capturaran a un hombre por, al parecer, intentar abusar sexualmente a un niño en zona rural de Tame. Los manifestantes lo que piden es que la institución libere a este sujeto, que también tiene una orden de captura por el delito de homicidio.
Desde el Ejército Nacional se pronunciaron asegurando que la captura fue realizada en flagrancia y el hombre fue judicializado ante las autoridades correspondientes.
“El hecho se produjo en la vereda Holanda del corregimiento de Betoyes. Allí las autoridades habrían sorprendido a este individuo intentando abusar del pequeño. Al momento de ser sorprendido, el detenido dio una serie de explicaciones incoherentes, lo que hizo que de inmediato fuera llevado ante la autoridad competente para el respectivo proceso de judicialización”, dijeron desde la institución militar por medio de un comunicado.
Además, señalaron que esta persona capturada tenía una orden captura vigente por el delito de homicidio, por lo que notificaron de este proceso judicial por el que debe responder ante la justicia.
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“Durante la audiencia de legalización de captura ante un juez de control de garantías, este sujeto fue dejado en libertad, pero vinculado al proceso. Al parecer, el dictamen médico indicó que no había indicio de acceso carnal abusivo. Sin embargo, sí fue cobijado con medida de detención intramural por el proceso que se le lleva por el delito de homicidio”, indicaron.
La comunidad indígena adelanta los bloqueos exigiendo la libertad de este sujeto que ya fue enviado a prisión por un juez de la República.
El homicidio está tipificado como delito en el artículo 103 del Código Penal de Colombia, que asegura: “El que matare a otro, incurrirá en prisión de doscientos ocho (208) a cuatrocientos cincuenta (450) meses”.
Mientras que el artículo 209 habla del delito del delito de actos sexuales con menor de catorce años y lo castiga así: “El que realizare actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de catorce (14) años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales, incurrirá en prisión de nueve (9) a trece (13) años”.
El llamado que hacen las autoridades es para que las víctimas de cualquier delito puedan denunciar en caso de ser víctimas de este tipo de hechos.