Jorge Enrique Vélez, columnista invitado

Opinión

En Colombia, los menores de edad deben responder penalmente por sus actos

Estas estructuras ilegales entrenan a menores no solo en la ejecución de delitos, sino en cómo actuar con sangre fría y precisión.

Jorge Enrique Vélez
2 de julio de 2025

El atentado que recientemente sufrió el senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay dejó en evidencia una realidad alarmante: el autor del hecho fue un menor de edad, con una preparación y una frialdad que incluso superan las de muchos adultos. Este lamentable suceso demuestra cómo las organizaciones al margen de la ley han encontrado en los menores una herramienta útil para la ejecución de actos criminales, conscientes de que el sistema penal colombiano impone consecuencias menos severas a los adolescentes.

Estas estructuras ilegales entrenan a menores no solo en la ejecución de delitos, sino en cómo actuar con sangre fría y precisión. Saben que, al ser menores, las implicaciones penales son significativamente menores, por lo que los utilizan como instrumentos para cometer delitos graves, con la aparente ventaja de evadir castigos proporcionales a la gravedad de los hechos.

Desafortunadamente, el sistema de responsabilidad penal para adolescentes en Colombia establece sanciones que no superan los seis años de privación de la libertad, sin que estas se consideren propiamente “condenas”, debido a la prevalencia de los derechos de los menores consagrada en la Constitución. Esta situación aplica incluso en casos de delitos de extrema gravedad, como el que hoy tiene al senador Uribe Turbay luchando por su vida.

Es necesario repensar el sistema. No se trata de desconocer los derechos de los menores, sino de reconocer que hay casos en los que la capacidad, la preparación y la intención criminal superan ampliamente el umbral de lo que puede considerarse como un error juvenil. La justicia debe garantizar la protección de los derechos de todos, incluidos los de las víctimas y de la sociedad entera.

Colombia enfrenta hoy una realidad alarmante: el uso reiterado de menores de edad para cometer delitos de todo tipo, incluidos aquellos de extrema gravedad como los delitos de lesa humanidad. Esta situación ha puesto en evidencia una grave falla del sistema penal juvenil, que sigue tratando estos casos con sanciones blandas y sin consecuencias reales para los responsables.

Actualmente, la legislación colombiana establece que los menores de edad no reciben condenas, sino sanciones pedagógicas que no superan los seis años y que se cumplen en centros especializados, no en cárceles ordinarias. Además, al cumplir la mayoría de edad, sus antecedentes son borrados del sistema. Este escenario ha sido aprovechado por las organizaciones criminales, que instruyen a menores con alta capacidad operativa y frialdad emocional, sabiendo que su accionar difícilmente conllevará una respuesta penal proporcional al daño causado.

Por ello, cada vez más juristas y expertos en derecho penal plantean la necesidad de actualizar urgentemente la normativa. El objetivo no es criminalizar indiscriminadamente a los jóvenes, sino establecer excepciones responsables para aquellos casos en los que se demuestre que el menor tenía plena conciencia de la gravedad de sus actos. Esto permitiría, en ciertos delitos graves, que los menores puedan ser tratados penalmente como adultos, garantizando así una justicia efectiva y la protección de los derechos de las víctimas.

Existen ejemplos internacionales que pueden servir de referencia. En países como México y Estados Unidos, se ha incorporado el concepto de madurez psicológica e intelectual del menor como criterio para establecer su responsabilidad penal. Esto implica evaluar si el joven comprende la naturaleza de sus actos, puede distinguir entre el bien y el mal, y es capaz de prever las consecuencias de su conducta. Cuando estas condiciones se cumplen, el menor puede ser juzgado bajo el régimen penal ordinario.

La madurez intelectual, por tanto, no debe entenderse como una simple cuestión de edad cronológica, sino como una capacidad real de entender lo que se hace y sus efectos en terceros. Es evidente que hay menores que, por su preparación y entorno, cuentan con un nivel de comprensión que les permite actuar con total conciencia del daño que causan. En esos casos, tratarlos como inimputables es una negación de justicia.

La legislación penal en países como Estados Unidos ofrece un ejemplo contundente de cómo abordar la responsabilidad penal de los menores de edad, teniendo en cuenta su capacidad cognitiva y moral. Uno de los principios fundamentales en este enfoque es que el menor debe ser consciente de que su conducta es legal o ilegal, y entender plenamente las consecuencias de sus actos. No basta con reconocer que es un niño; es necesario analizar si cuenta con la madurez suficiente para distinguir entre el bien y el mal, y si puede comprender que su acción genera un daño real a otra persona, a la sociedad y, por ende, merece una sanción ejemplar.

En varias jurisdicciones de Estados Unidos, la legislación permite imputar penalmente a menores desde edades tan tempranas como los seis o 12 años, dependiendo del estado. Esta medida se fundamenta en estudios psicológicos y jurídicos que demuestran que, a ciertas edades, los menores tienen capacidad de comprensión suficiente para ser responsables de sus actos. Como resultado, el sistema no solo busca sancionar, sino también prevenir la reincidencia, proteger a las víctimas y, en última instancia, sacar a los niños del mundo del delito.

Lamentablemente, en Colombia seguimos siendo testigos de cómo las organizaciones criminales —incluyendo muchas vinculadas al narcotráfico— instrumentalizan a menores de edad para cometer delitos atroces. Lo hacen sabiendo que el sistema penal juvenil colombiano impone sanciones leves, que no generan antecedentes ni se cumplen en centros carcelarios. Esto convierte a los menores en herramientas perfectas para el crimen organizado, que los entrena y manipula con plena conciencia de su impunidad.

Estoy convencido de que el actual gobierno, cuyos aliados han promovido políticas de paz total, ha sido permisivo con esta realidad, ignorando que muchos menores están siendo utilizados como brazos armados de la delincuencia. Por eso es necesario que, desde ya, comencemos a preparar una reforma legislativa que permita, en casos debidamente fundamentados, imputar penalmente a menores con capacidad de comprensión de sus actos.

El próximo gobierno, que asumirá funciones el 7 de agosto de 2026, debe presentar ante el Congreso de la República un proyecto de ley que contemple esta posibilidad. Esta reforma debe reconocer que, si bien la protección de los derechos de los menores es un principio irrenunciable, también lo es la obligación del Estado de proteger a la sociedad, garantizar justicia a las víctimas y evitar que los niños sean cooptados por estructuras criminales.

Sabemos que esta propuesta encontrará resistencia de parte de quienes defienden, sin matices, una visión idealizada de la infancia. Sin embargo, Colombia no puede seguir permitiendo que menores con evidente capacidad delictiva cometan crímenes atroces sin enfrentar consecuencias reales. Casos como el reciente atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay, ejecutado por un menor entrenado, deben ser un llamado urgente a replantear nuestra legislación.

El debate está abierto. Si como país no avanzamos hacia una legislación más equilibrada, que reconozca la realidad de los menores utilizados por el crimen organizado, seguiremos viendo cómo las cifras de delitos cometidos por adolescentes se incrementan, mientras la justicia permanece impotente. Es hora de asumir con responsabilidad y valentía una reforma que proteja a la sociedad y recupere a nuestros jóvenes antes de que el crimen los consuma por completo.

Noticias relacionadas