Congreso
Álvaro Uribe advierte que avalúo catastral puede crecer hasta el 8%: estas son las cuentas del expresidente sobre ese impuesto
En los últimos 20 años, ese gravamen se incrementó en casi todos los periodos.
Cada vez es más costoso tener un predio propio en Colombia, y todo indica que los precios seguirán subiendo por cuenta del proyecto de ley para incrementar el impuesto predial que fue presentado por el gobierno de Gustavo Petro.
Los ministerios de Agricultura y Hacienda radicaron un articulado ante la Cámara de Representantes con el que pretenden ajustar el incremento del valor del avalúo catastral, una subida que es idea de la Presidencia, pero que tendrían que ejecutar los municipios y las ciudades del país.
El texto fue presentado el miércoles de la semana pasada (8 de noviembre) sin muchos bombos y platillos del Gobierno nacional, como sí lo hicieron con otras iniciativas de Palacio como las reformas sociales, y si bien apenas será debatido el próximo año, ya tiene con las alarmas encendidas a varios sectores del país.
Uno de los partidos que ha dejado claras sus preocupaciones sobre la radicación de este es el Centro Democrático. El expresidente y jefe natural de esa agrupación política, Álvaro Uribe Vélez, compartió en su cuenta de X (antes Twitter) un cuadro comparativo en el que se aprecia qué tanto ha subido el avalúo catastral. El balance es desolador para los bolsillos: en los últimos 20 años el catastro, subió casi todos los periodos, salvo 2022.
Tendencias
Uribe Vélez escribió: “Evolución del valor catastral. El Centro Democrático presentó un proyecto de ley para frenar el crecimiento excesivo del impuesto. Apenas se logró que cualquiera fuera el avalúo, el impuesto para sectores de menores ingresos no creciera por encima de inflación. En los demás sectores puede crecer 8 % por encima”.
Ese incremento depende de si el predio está en zona rural o urbana y el alza no es un indicador único para todo el país. Por el contrario, lo que justifica el Gobierno es que el articulado fue radicado para unificar las normas de juego sobre la subida de ese impuesto.
En las cuentas que hace el expresidente solo hay un año en el que impuesto decreció (2022, cuando retrocedió 11,8 % en su variación anual), mientras que en el resto de periodos desde 2002 siempre marcó al alza.
De ahí que haya periodos como el comprendido entre 2006 y 2007, en el que subió 17,5 %; o lo que pasó entre 2009 y 2010, cuando ese gravamen avanzó en 21,5 %. Es más, en el cambio de año entre 2013 y 2014 la variación del avalúo catastral fue del 27,8 %.
Evolución del valor catastral. El Centro Democrático presentó un proyecto de ley para frenar el crecimiento excesivo del impuesto. Apenas se logró que cualquiera fuera el avalúo el impuesto para sectores de menores ingresos no creciera por encima de inflación. En los demás… pic.twitter.com/ceVjs9y2V5
— Álvaro Uribe Vélez (@AlvaroUribeVel) November 14, 2023
La alerta por el avalúo catastral
El proyecto de ley “por medio del cual se adoptan medidas en materia de impuesto predial unificado, se modifica parcialmente la Ley 44 de 1990, se deroga la Ley 1995 de 2019 y se dictan otras disposiciones”, busca fijar un tope máximo en el cobro de este impuesto.
El proyecto plantea un incremento máximo hasta el 50 % del monto liquidado por el mismo concepto del año inmediatamente anterior para los predios urbanos con destino económico, habitacional o comercial y cuyo avalúo catastral sea menor o igual a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Lo mismo que a los predios rurales que se encuentran dentro de algunas de las siguientes categorías: habitacional, comercial, rural o de soportes de infraestructura, área para producción agropecuaria, institucional y áreas de conservación y protección, y cuyo avalúo catastral sea menor o igual a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Este también plantea que se aplique un incremento de hasta el 100 % del monto liquidado por el mismo concepto para los predios urbanos con destino económico, habitacional o comercial, cuyo avalúo catastral sea superior a los 135 salarios mínimos y menor o igual a 250 salarios.
Además, para los casos de los precios rurales que se encuentren en las categorías de habitacional, comercial rural o de soportes de infraestructura, áreas de producción agropecuaria, institucional, áreas de conservación y protección, el avalúo catastral sería superior a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta 250 salarios.