Política

Corte Interamericana de Derechos Humanos desestima la tesis del “golpe blando” de Petro por investigación a su campaña

El presidente había acudido a ese tribunal internacional buscando protección ante la investigación del CNE por la presunta violación de topes de su campaña.

Redacción Semana
19 de diciembre de 2024
El presidente Gustavo Petro dio dos discursos en San Andrés en los que habló de decenas de temas sin proponer soluciones para la isla.
La Corte IDH determinó “declarar improcedente la solicitud de adopción de medidas provisionales presentada por los representantes" del presidente Petro. | Foto: Presidencia de la República

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) desestimó los argumentos del presidente Gustavo Petro contra la investigación que se lleva a cabo contra su campaña en el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Una resolución de ese tribunal, proferida en el mes de noviembre y que apenas se conoce este 19 de diciembre, consideró como improcedente la solicitud presentada por la defensa del mandatario colombiano y le indicó resolver sus problemas sobre este asunto en el país.

La Corte IDH determinó “declarar improcedente la solicitud de adopción de medidas provisionales presentada por los representantes de la víctima en el presente caso” y notificó también al mandatario y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre esta determinación.

El presidente Petro había acudido a ese tribunal internacional, ubicado en Costa Rica, para buscar protección en medio de la investigación que se lleva a cabo en su contra en el CNE por la presunta violación de topes en la campaña de 2022, ante lo que la Corte IDH le respondió que esa instancia administrativa no tiene la capacidad de quitar derechos políticos.

El presidente Petro le había pedido a la Corte IDH adoptar medidas provisionales para salvaguardar sus derechos y proteger sus garantías judiciales y derechos políticos, reprochando la decisión que profirió el CNE de abrir una investigación y formular pliego de cargos en su contra por la posible vulneración al régimen de financiación de las campañas electorales.

El jefe de Estado acudió al mismo tribunal que en julio de 2020 declaró la responsabilidad internacional del Estado colombiano por la violación a sus derechos políticos tras a determinación de suspenderlo de su cargo como alcalde de Bogotá. Sin embargo, en este nuevo caso la decisión de esa instancia internacional tomó otro camino.

“En relación con el requisito sobre la relación de la solicitud de medidas provisionales con el objeto del caso, la Corte observa que la solicitud de los representantes de la víctima se basa en una situación fáctica y jurídica distinta a la que conoció este Tribunal en la Sentencia del caso Petro Urrego emitida en 2020″, consideró la Corte IDH en la resolución sobre el caso del presidente.

En ese sentido, el tribunal internacional apuntó que este nuevo caso no tiene relación con las garantías de no repetición a las que tiene derecho Petro por el proceso jurídico que emprendió años atrás después de ser destituido de su cargo como alcalde de Bogotá.

“De la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente. Consecuentemente, la Corte considera que la referida solicitud no tiene relación con el objeto del caso ni con la implementación de alguna de las tres garantías de no repetición de adecuación normativa ordenada en el Fallo (supra Considerando 15), con lo cual resulta improcedente”, escribió la Corte IDH en la resolución.

El presidente Petro ha asegurado que la investigación que lleva a cabo en su contra el CNE por las irregularidades en la financiación de su campaña a la Presidencia sería un “golpe blando”. Esa pesquisa está sobre el escritorio de los magistrados y debe dirimirse para julio de 2025.

Noticias relacionadas