Política
El pulso que perdió Roy Barreras en la Corte contra JotaPe Hernández, por caso de supuesta corrupción en el canal del Congreso en 2023
El exembajador en el Reino Unido señaló al senador de calumnia y hostigamiento, sin embargo, la Corte Suprema protegió al legislador.

Varias han sido las peleas que se han librado en los altos tribunales entre el senador JotaPe Hernández y el exembajador Roy Barreras por declaraciones y señalamientos que se han hecho mutuamente.

Una de ellas está relacionada con una denuncia que hizo el senador del Partido Verde en abril de 2023, en el que señaló a Barreras, cuando era presidente del Senado, de entregar un contrato de 8.000 millones de pesos a uno de sus amigos para prestar servicios de producción, a través de una empresa “de papel”, al canal del Congreso.
En virtud de esos señalamientos, ampliamente difundidos en las redes sociales del senador Hernández y de la denuncia con la que pidió investigar al entonces presidente del Senado, este último decidió tomar acciones en contra de Hernández acusándolo de “calumnia” y “hostigamiento” y de haber afectado su “buen nombre y honra” debido a los señalamientos “contrarios a la verdad”.

Dicha denuncia fue radicada en abril de 2023 por Barreras, quien se declaró víctima de afectaciones a su honra luego de que Hernández publicara en sus redes sociales un video titulado “¡Atención! Nueva olla podrida en el Congreso - Roy Barreras respóndale a Colombia”.
Lo más leído
En ese contenido audiovisual, el congresista señalaba presuntas irregularidades en la contratación del Canal Congreso, con menciones directas a Barreras, a su partido La Fuerza de la Paz y a sus allegados.
Barreras alegó que Hernández lo vinculó falsamente con un supuesto entramado de corrupción que involucraba contratos por más de 8.000 millones de pesos. En la acción judicial, sostuvo que el contenido del video configuraba los delitos de calumnia y hostigamiento con agravantes, por haberse difundido públicamente y siendo Hernández un servidor público.
Sin embargo, tras más de un año de revisión preliminar, la Sala Especial de Instrucción concluyó que las expresiones del senador no fueron difundidas con la intención de dañar la integridad moral del denunciante ni con conocimiento de falsedad.
Por el contrario, la publicación se basó en una denuncia previa, sustentada en documentos, y cuya legalidad aún está siendo evaluada en un proceso contra el mismo Barreras.
“La publicación reproduce hechos que actualmente son objeto de investigación por esta Corte”, señaló el fallo. La Sala también precisó que la crítica política, incluso si resulta incómoda, está protegida bajo la libertad de expresión, más aún cuando se trata de figuras públicas expuestas al escrutinio ciudadano.
Por todo esto, la Corte determinó que no se configuraban los elementos del tipo penal en ninguno de los delitos, y ordenó el archivo del expediente contra Hernández. Pese a la decisión, el tribunal dejó abierta la posibilidad de reabrir el caso si aparecen nuevas pruebas.