Política
Estas son las directrices de la SuperSalud para atender a personas trans: habla de cambios en baños y seguimiento a menores de edad
La circular da directrices a todos los prestadores de salud para que se habiliten vías de atención a esta población de la comunidad LGBTI. De no cumplirse, podrían ser sancionados.
La Superintendencia de Salud publicó una circular externa este viernes, 20 de septiembre, en la que le da instrucciones a las entidades prestadoras del servicio en el país para que atiendan y se adapten a las personas trans en Colombia.
La directriz va encaminada a que haya una “caracterización” de la población trans que accede a los servicios de salud. Piden que se realicen informes y monitoreos que incluyan a esta población para una base de datos que reporte a la SuperSalud.
Uno de los puntos más polémicos es cuando se refiere a los menores de edad. “Contar, de acuerdo con el nivel de complejidad con el talento humano, que brinde apoyo integral en los tratamientos y procedimientos de afirmación o reafirmación de género a niños, niñas y adolescentes trans promoviendo la articulación de sus redes afectivas y de cuidado”.
Asimismo, da directrices para que se adecuen los baños de los centros de salud a las necesidades de esta población. “Propender por adecuar baños con género neutro para las personas que no se reconocen en función de un género en particular”, dice la circular.
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Y da una directriz clara a los gestores farmacéuticos para que puedan propender sin ninguna barrera medicamentos necesarios para esta población. “Contar con un stock disponible de medicamentos y tecnologías en salud para el reemplazo hormonal y demás aspectos derivados de la afirmación o reafirmación de género para su entrega a la persona solicitante sin barrera alguna”.
Señala que se debe capacitar al personal de salud, administrativo, de seguridad y limpieza para la atención de personas trans, en temas como derechos humanos, enfoque diferencial y de género y orientaciones de las personas para que haya un trato respetuoso.
Desde la SuperSalud solicitan que las mismas entidades denuncien casos en los que esto no se cumpla para que pueda haber sanciones argumentando “transfobia” o violencia de género.
“Las Entidades Territoriales y las Entidades de Aseguramiento en Salud deberán verificar que todos los prestadores de servicios de salud de acuerdo con el nivel de complejidad garanticen la atención integral de las personas trans en todo el territorio colombiano, sin restricciones”, dice uno de los puntos.
Otra de las directrices que llama la atención es que se deberá definir un canal de comunicación inmediata entre gestores farmacéuticos, IPS, entidades de aseguramiento y territoriales para mitigar las barreras de atención y que sea oportuna.
Y que haya programas y protocolos para garantizar la atención de salud integral, diferencial y de calidad a las personas trans, “especialmente en procesos relacionados con los tránsitos integrales para la afirmación o reafirmación de género, de acuerdo con los lineamientos técnicos, científicos y de salud expedidos por el Ministerio de Salud y la Protección Social”.
Asimismo, subrayan que deberán tener canales de denuncia para casos relacionados con el uso de biopolímeros prohibidos. Y tener registros de sustancias modelantes permitidas y que estén disponibles para la SuperSalud.
Varias de las recomendaciones se centran en la atención. Por ejemplo, en otra se menciona que se debe “promover una relación empática y respetuosa entre las personas atendidas y el personal de salud que permita el autoreconocimiento de la identidad y/o expresión de género y orientación sexual, garantizando la calidad y la calidez de los servicios de salud”.
Otro de los puntos pide que se garantice la atención en salud de acuerdo con el nivel de complejidad a la población trans durante todo su ciclo de vida, de acuerdo a su identidad y “expresión de género”. Y que los formatos sean inclusivos.
Hay otros más específicos, como uno en el que se ordena “garantizar la atención preconcepcional por parte del especialista en ginecología con interconsulta o valoración de endocrinología y los demás profesionales pertinentes a los hombres transgénero o transexuales con o sin tratamiento con testosterona”.
En otro punto, habla de disponer de mayor personal para atender a las personas trans “para los procedimientos de afirmación o reafirmación de género a lo largo de todo su ciclo de vida”. Y que los profesionales den un “trato digno”.
Finalmente, recalca que quienes no cumplan con estas normativas podrían ser sancionados por la SuperSalud.