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Expertos constitucionalistas le bajan la caña a la consulta popular que propone Petro: “No es el mecanismo”

SEMANA consultó a un expresidente de la Corte Constitucional, exviceprocuradores y abogados expertos en derecho constitucional para conocer qué tan viable es la iniciativa que propuso el mandatario, después de que el Congreso le archivó la reforma laboral.

12 de marzo de 2025, 6:52 p. m.
Gustavo Petro
Gustavo Petro | Foto: Presidencia

Un debate político y jurídico se abrió en Colombia después de que el presidente Petro convocó una consulta popular tras el ‘no’ de la Comisión Séptima del Senado a la reforma laboral que proponía su Gobierno. Ese hecho ha desatado calificativos del mandatario como una ruptura entre el Ejecutivo y el Congreso, y hasta un bloqueo institucional.

Sin embargo, SEMANA consultó a varios expertos abogados en derecho constitucional, quienes coinciden en la misma conclusión: la consulta popular no es el mecanismo adecuado para que se aprueben las reformas sociales que propone el Gobierno.

José Gregorio Hernández Galindo
José Gregorio Hernández Galindo, expresidente de la Corte Constitucional. | Foto: El País

Uno de esos análisis lo dio el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, quien manifestó: “Puede ser convocada la consulta por el presidente de la República con la firma de todos los ministros y con concepto previo y favorable del Senado de la República (…) la decisión del pueblo es obligatoria, pero quiero aclarar, no significa que se le pueda consultar al pueblo el texto de una ley porque eso le corresponde exclusivamente al Congreso. Se le formulan unas preguntas y el pueblo responde”.

Por su parte, el exviceprocurador general Juan Carlos Novoa detalló que la consulta es un mecanismo de participación democrática en el que se pregunta al pueblo sobre asuntos de trascendencia nacional o interés colectivo. En caso de que una tercera parte del censo electoral vote mayoritariamente, esa decisión se convierte en “obligatorio” para las instituciones del Estado.

Ante el inminente hundimiento de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado, tras la radicación de una ponencia de archivo con el respaldo de ocho congresistas, el presidente Gustavo Petro hizo una declaración desde la Casa de Nariño para fijar su postura.
Ante el inminente hundimiento de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado, tras la radicación de una ponencia de archivo con el respaldo de ocho congresistas, el presidente Gustavo Petro hizo una declaración desde la Casa de Nariño para fijar su postura. | Foto: Presidencia de Colombia

Pero aclaró: “Creemos también que deben fijarse las reglas que establece la Ley 1757, específicamente en una prohibición que trae dicha ley en el sentido de que no se le puede preguntar al pueblo para buscar la aprobación de proyectos del articulado. Esto es muy importante porque si se pretende poner en consideración del pueblo las reformas que promueve el Gobierno nacional, eso no sería objeto de la consulta popular”.

Y es que el ministro del Interior, Armando Benedetti, ha manifestado en diferentes escenarios que la consulta popular será una de las estrategias del Gobierno para impulsar las reformas en el Congreso, pero, además, sería un termómetro para medir el panorama político que se avecina en las elecciones de 2026.

Abogado Germán Calderón España.
Abogado Germán Calderón España. | Foto: Archivo particular

Frente a ese escenario, el abogado constitucionalista Germán Calderón España manifestó: “La consulta popular es el mecanismo menos adecuado para aprobar reformas a los sistemas de salud y al sistema laboral en Colombia. No se puede someter a consulta del pueblo textos normativos, es decir, proyectos con articulados, normas de ninguna índole. De tal manera que es imposible, desde el punto de vista jurídico, que el Senado de la República le dé un aval al presidente para que adelante una convocatoria a consulta popular”.

Mientras que el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre de Bogotá, Kenneth Burbano Villamarín, reiteró: “La consulta popular no es el mecanismo idóneo para lograr la incorporación de las reformas del presidente Petro en el ordenamiento jurídico, pues no sirve para aprobar artículos o para reemplazar, por ejemplo, al Congreso en sus funciones”.