POLÍTICA
Exrectora de la Nacional advirtió que Álvaro Moisés Ninco no cumplía requisitos para ser embajador, pero el gobierno lo nombró
Por eso, la Procuraduría sancionó durante diez meses a dos funcionarios del gobierno Petro que nombraron al embajador sin cumplir los requisitos.
Este martes 8 de julio, la Procuraduría confirmó que sancionó en primera instancia durante diez meses al exministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, Arturo Luis Luna; y al director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique, porque nombraron a Álvaro Moisés Ninco embajador de Colombia en México sin cumplir los requisitos.
En medio de esta decisión, se conoció el acta del 16 de enero de 2023 de una reunión entre la entonces rectora de la Universidad Nacional, Dolly Montoya, y ambos funcionarios. El tema fue, precisamente, evaluar los méritos de Álvaro Moisés Ninco para asumir el cargo diplomático.
En ese documento, la entonces rectora Montoya advirtió que realizada la revisión de documentos en la experiencia relacionada en la hoja de vida de Álvaro Moisés Ninco, “no encuentra el suficiente mérito en relación a los estudios profesionales que no ha terminado. Además, frente a su experiencia laboral, considera que no es indicada para el papel fundamental que asumiría, si se tiene en cuenta la responsabilidad que tiene con el gobierno de México y la importancia como aliado comercial, político, económico, cultural, entre otros”.
Por tanto, se señala que por parte de la Universidad Nacional no está de acuerdo con que se aplique lo establecido en el Artículo 11 del Decreto 770 de 2005 “para que, en razón a los oficios y saberes de Álvaro Moisés Ninco, se puede compensar los requisitos para desempeñar el cargo de embajador extraordinario plenipotenciario, código 0036, grado 25″.
Tendencias
Sin embargo, pese a la advertencia, el gobierno del presidente Petro decidió nombrar a Ninco como embajador y, por eso, la Procuraduría suspendió a Arturo Luna y César Augusto Manrique.
De acuerdo con el organismo disciplinario, se encontró probado que Luna Tapia y Manrique Soacha decidieron emitir su voto favorable para recomendar al presidente de la República compensar excepcionalmente los requisitos y que Ninco Daza pudiera ser nombrado en el cargo que ejerce en la actualidad.
En el mismo sentido, “el Ministerio Público resaltó que ambos erraron al momento de examinar la hoja de vida del candidato al pasar por alto que en los documentos que se allegaron al Comité Evaluador de los Méritos no se demostraba experiencia sobresaliente en ninguna disciplina, ocupación, arte u oficio, y que tampoco podía ser catalogado como líder juvenil o estudiantil porque en su corta trayectoria carecía de reconocimiento o distinción”, se lee en el documento de prensa de la Procuraduría.
A juicio del organismo disciplinario, con su actuación, “los servidores vulneraron los principios de moralidad e igualdad que deben inspirar la función estatal, e incurrieron en una falta disciplinaria que fue calificada como grave cometida a título de dolo”.
En noviembre de 2023, el Tribunal de Cundinamarca falló en primera instancia en contra del nombramiento de Álvaro Moisés Ninco porque, según los magistrados, no cumplía los requisitos establecidos para el cargo. En otras palabras no logró acreditar dos aspectos fundamentales necesarios para ocupar este puesto de alto rango.
El fallo detalla que, conforme a las regulaciones correspondientes al nivel directivo en grado 25 (código 0036), el aspirante debía contar con un título profesional, un título de posgrado en modalidad de maestría y un mínimo de setenta y dos meses de experiencia profesional relacionada. Y no ocurrió, al menos, para la fecha de su posesión.
Ninco sigue en el cargo en espera de la decisión en segunda instancia que está en manos del Consejo de Estado.