Política
Gustavo Petro se monta en tesis de Eduardo Montealegre para defender su consulta popular por decreto: así se saltarían al Congreso
No es la primera vez que el exfiscal sale a apoyar jurídicamente una tesis controvertida.

“Hoy por hoy, la consulta popular es decretable de acuerdo a la Constitución y la ley. El poder soberano no se puede acallar en una democracia“, sostuvo Gustavo Petro en un trino este domingo, primero de junio.
El presidente compartió una columna de Eduardo Montealegre en la que el exfiscal aseguró que el presidente de la República “puede convocar por decreto la consulta popular sobre temas laborales que fue negada arbitrariamente por el Senado”.
Hoy por hoy, la consulta popular es decretable de acuerdo a la Constitución y la ley. El poder soberano no se puede acallar en una democracia.https://t.co/YzPNr1jhDR
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 1, 2025
En su texto, Montealegre argumenta jurídicamente los caballos de batalla de Petro. Por ejemplo, asegua que el trámite realizado en el Congreso fue inconstitucional.
Y enumera tres razones. La primera es que “el presidente del Senado cerró abruptamente la votación, cuando una de las senadoras tenía la expectativa legítima de participar en la misma. Esta actuación le impidió a una parlamentaria —proconsulta— ejercer el derecho a intervenir en la deliberación: se violaron los principios prodemocracia o proparticipación”.
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La segunda, que “el secretario general cambió el sentido de un voto por el sí, para volverlo no, cuando estaba cerrada la votación. La actuación del secretario fue un abierto desconocimiento del principio de preclusión que rige las etapas de un proceso legislativo. Violó la seguridad jurídica, valor con protección constitucional. Un acto arbitrario. Si bien el reglamento del Congreso permite sanear actos del trámite legislativo, él no era el competente para hacerlo. En este caso, el órgano era la plenaria”.
Y la última, que “no se dio paso a la apelación que se hizo en forma inmediata ante estos vicios. Sin tramitar la impugnación, no se podía dar por finalizada la sesión. Quien debía decidir sobre la apelación era la plenaria del Senado, no el presidente, quien ni siquiera la tramitó”.
Montealegre cita a los grandes del derecho alemán Habermas-K O Apel-Alexy. También a filósofos y sociólogos como Luhmann, Habermas y Rawls.
Y, al igual que Petro, se despacha contra Efraín Cepeda: “No podemos olvidar que el presidente del Senado es un claro opositor a la consulta: no actuó con neutralidad, con transparencia, como era su deber”.
Así las cosas, concluyó: “Si el acto del Congreso fue inconstitucional, esto significa que el Senado no se pronunció dentro de los términos señalados en el ordenamiento jurídico y el presidente puede convocar por decreto”.
Al final, se sumó a la tesis del bloqueo institucional del Senado y aseguró que “no queda otra salida que ‘El Decretazo’. El balón está en la cancha del presidente. Es una salida legítima y constitucional. En la postmodernidad, los grandes cambios sociales son producidos por los movimientos de ciudadanos y las herejías constitucionales”.