Política

“Lo dicho, dicho está”: Petro desafió orden de retractación de un juez por caso de hermanos Luis Alberto y Roberto Moreno

El presidente fue más allá y anotó: “Si en un cuarto de siglo no fui rectificado, menos ahora”.

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15 de diciembre de 2025, 9:46 p. m.
Gustavo Petro,  Luis Alberto y Roberto Moreno?
Gustavo Petro, Luis Alberto y Roberto Moreno. | Foto: SEMANA

Pese a que se conoció la decisión proferida por el Juzgado 35 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, que le dio 48 horas al presidente Gustavo Petro para rectificar los señalamientos que lanzó contra los hermanos Luis Alberto y Roberto Moreno, el mandatario publicó un mensaje desafiante frente a esa determinación judicial.

Este lunes 15 de diciembre, el jefe de Estado, a través de una publicación en su cuenta personal de X, expresó que “lo dicho, dicho está” y manifestó que “si en un cuarto de siglo no fui rectificado, menos ahora”.

“El juez dice que no hay pruebas sobre el caso del Banco del Pacífico y el papel de Luis Alberto Moreno. No tengo la culpa de que haya olvidado leer, porque todas las pruebas son parte de mi debate público hecho hace un cuarto de siglo y publicado por la editorial Círculo de Lectores de El Tiempo. Allí están todas y bien precisas”, dijo el mandatario colombiano en esa plataforma digital.

Y avanzó en el mensaje: “Ni qué decir del volteo de tierras en la hacienda San Simón, debate que también se hizo hace un cuarto de siglo en el Congreso de Colombia y de manera pública”.

“La historia no se borra jurídicamente. Solo hay que leer e investigar sin miedo al poderoso. Si en un cuarto de siglo no fui rectificado, menos ahora. Lo dicho, dicho está y quedó comprobado”, insistió Gustavo Petro.

Volviendo a la orden de rectificación emanada por un juzgado, el despacho afirmó que, con sus constantes señalamientos contra los hermanos Moreno, el jefe de Estado vulneró de manera reiterada los derechos a la dignidad, la igualdad, el buen nombre y la honra, al acusarlos de conductas contrarias a la ley sin sustento probatorio.

“Las declaraciones del presidente de la República tienen que ser respetuosas de los derechos fundamentales, ecuánimes, razonables y fundadas, garantes del sistema constitucional y electoralmente neutras”, se desprende de uno de los apartes de las 20 páginas de la decisión del Juzgado 35 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá.

El fallo también señala: “Ello es así por la envergadura del poder que ostenta en el marco constitucional vigente y por el alcance y el peso que tiene su cargo, pues representa la unión de la nación. Pero como ello no ocurrió en el caso de los accionantes, sino que se transgredieron sus derechos fundamentales a la honra, al buen nombre y a la dignidad, se les ampararán tales prerrogativas constitucionales”.

“En consecuencia, se ordenará al señor Gustavo Francisco Petro Urrego, en su condición de presidente de la República, que, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, en la misma forma y por los mismos canales que empleó el 21 de octubre, 13 de noviembre y 18 de noviembre de 2025”, concluyó el despacho judicial.