Política

Presidente Gustavo Petro empezará a implementar parte de la reforma laboral por decreto

El mandatario hizo el anuncio a través de sus redes sociales aunque no aclaró concretamente cuáles temas incluirá.

12 de marzo de 2025, 1:31 a. m.
Ante el inminente hundimiento de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado, tras la radicación de una ponencia de archivo con el respaldo de ocho congresistas, el presidente Gustavo Petro hizo una declaración desde la Casa de Nariño para fijar su postura.
Ante el inminente hundimiento de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado, tras la radicación de una ponencia de archivo con el respaldo de ocho congresistas, el presidente Gustavo Petro hizo una declaración desde la Casa de Nariño para fijar su postura. | Foto: Presidencia de Colombia

Aunque el presidente Gustavo Petro anunció este martes, 11 de marzo, que convocará una consulta popular para que los colombianos se pronuncien sobre la conveniencia de la reforma laboral y de la de salud, minutos después de su declaración puso un escrito en redes sociales donde siguió hablando del tema.

Como la reforma laboral está prácticamente hundida por la ponencia de archivo que presentaron ocho senadores, Petro dijo en su cuenta en X que empezará a actuar de inmediato frente a esa decisión de los integrantes de la Comisión Séptima del Senado.

“La reforma laboral vuelve a sus preguntas iniciales que ahora se trasladarán al pueblo. Lo que es posible decretar se decretará en los próximos días”, señaló el mandatario.

Eso quiere decir que parte de la reforma laboral será implementada a través de decretos, pero Petro no aclaró cuáles temas serán incluidos en dichos decretos que serían expedidos en las próximas horas.

Además, insistió en su convocatoria para la consulta popular e invitó nuevamente a la ciudadanía a que se pronuncie en las calles del país. “El poder del pueblo es el poder de movilizarse, pero sobre todo es el poder de decidir. Si no se deja decidir al pueblo no hay democracia sino tiranía”.

Por ahora, lo único claro es que el que liderará la convocatoria para la consulta popular será el ministro del Interior, Armando Benedetti, y que en los próximos días se darán a conocer más detalles sobre la manera en que se hará uso de ese mecanismo de participación.

Aunque no hay un pronunciamiento oficial por parte del Gobierno Petro, se da por descontado que con la convocatoria a la consulta popular se detendrá el trámite de las reformas en el Congreso ante el inminente hundimiento de las iniciativas que se deben tramitar en la Comisión Séptima del Senado.

Gustavo Petro Congreso en llamas
Gustavo Petro Congreso en llamas | Foto: SEMANA

De hecho, un sector del Pacto Histórico le propuso al presidente Gustavo Petro que retirara todas las reformas que se están estudiando, pero ese anuncio no lo hizo el mandatario de los colombianos.

Diferentes sectores políticos han rechazado el anuncio del presidente Petro y han dicho que todo se trata de una campaña con miras a las elecciones del 2026 ante la falta de respaldo político en el Congreso.

¿Qué es una consulta popular?

Es uno de los siete mecanismos de participación que contempla la Constitución Política de Colombia de 1991 para garantizar el ejercicio del poder político por parte de los ciudadanos. A diferencia del plebiscito, que es para votar sobre una iniciativa presidencial, y del referendo, que es para aprobar o derogar leyes, la consulta popular busca que la gente decida sobre asuntos de interés nacional, departamental o municipal. En otras palabras, que defina el destino del territorio que habita.

La Ley 134 de 1994 establece que una consulta popular es una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local. Es sometida a consideración del pueblo por el presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, para que este se pronuncie formalmente al respecto.

La pregunta formulada para la consulta también es sometida a un examen de constitucionalidad por parte de las autoridades judiciales. Para que sea válido el resultado de las votaciones debe participar al menos la tercera parte del censo electoral y la opción ganadora será aquella que obtenga la mitad más uno de los sufragios.

Para la realización de una consulta popular de carácter nacional, el texto que se someterá a la decisión del pueblo debe ir acompañado de la justificación de la consulta y de un informe sobre la fecha de su realización enviado por el presidente de la República al Senado para su aprobación. En ese caso, la votación debe llevarse a cabo en los cuatro meses siguientes.