Política
Proyecto de ley busca freno para el presidente: “Evitar que cambie las competencias de la justicia a su antojo”
La iniciativa será impulsada desde el 20 de julio por el representante del Centro Democrático, Hernán Cadavid.

El representante a la Cámara por Antioquia e integrante del Centro Democrático, Hernán Cadavid, anticipó este miércoles que radicará un nuevo proyecto de ley para ponerle freno al presidente de turno y evitar que modifique las competencias de la justicia.
La iniciativa se dará a conocer formalmente este 20 de julio, cuando inicia el último período legislativo, y estará justificado en el más reciente ‘decretazo’ del Gobierno de Gustavo Petro, que ha generado una gran polémica en el país, pues aspira a quitarle los ‘dientes’ al Consejo de Estado para revisar las tutelas en contra del jefe de Estado.
De acuerdo con el documento que se gestionó en el Ministerio de Justicia, el Ejecutivo pretende que las acciones que se interpongan en contra de cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional, incluido el primer mandatario, lleguen primero a los jueces del circuito.
El decreto ya suma varias demandas, y una de ellas fue interpuesta por la senadora del Centro Democrático, Paola Holguín: “Vulnera el principio de colaboración armónica entre ramas del poder, al suprimir sin consulta previa la competencia del Consejo de Estado en ciertas tutelas, interfiriendo en su órbita funcional”.
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Frente a este panorama, el representante Cadavid anunció el proyecto de ley: “El próximo 20 de julio radicaré un proyecto orientado a reorganizar las competencias en el reparto de las acciones de tutela a nivel nacional, con el propósito de garantizar la seguridad jurídica, la independencia judicial y el respeto por el orden constitucional”.
De acuerdo con Cadavid, la iniciativa se sustenta en tres puntos:
En primer lugar, que, conforme a la Constitución, le corresponde al Congreso expedir las leyes que regulan la administración de justicia, incluyendo las relativas al reparto de las acciones de tutela.
En segunda instancia que, “según el principio del Estado, todos los jueces de la República, sin excepción, son jueces constitucionales y, por ende, están habilitados para conocer y decidir acciones de tutela, incluyendo el Consejo de Estado, como máximo órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa”.
Para él, “no puede el Gobierno nacional, por vía administrativa o por razones coyunturales, restringir o anular las competencias jurisdiccionales de las altas cortes, particularmente del Consejo de Estado, solo porque los fallos no se ajustan a sus intereses políticos o gubernamentales”.

Finalmente, que “las altas cortes —la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional— son, en conjunto, las principales garantes del orden constitucional, encargadas de preservar el equilibrio institucional y la independencia de poderes. Es a través del ejercicio autónomo de la jurisdicción constitucional como se protege de forma efectiva el derecho fundamental al acceso a la justicia y se evita la concentración arbitraria de competencias”.