EL DEBATE
El “operador logístico” de Armando Benedetti contra Hernán Penagos desata la polémica: “Brutalidad, arrogancia, ignorancia”
En El Debate, de SEMANA, se escucharon las voces por cuenta de la decisión del registrador, Hernán Penagos, de condicionar el llamado a las urnas de una consulta popular convocada por decreto hasta que no se pronuncien las altas corporaciones.

En El Debate, de SEMANA, las voces por cuenta de la decisión del registrador, Hernán Penagos, de condicionar el llamado a las urnas de una consulta popular convocada por decreto hasta tanto no se pronuncien las altas corporaciones.
El registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, anunció que ante la controversia jurídica entre el Ejecutivo y el Legislativo sobre la convocatoria a la consulta popular, el día 7 de agosto de 2025, lo que procede jurídicamente es dejar en manos de las altas cortes la decisión de si se continúa o no con los trámites de la misma.
“Hoy, no solamente está en juego la convocatoria a una consulta popular, está en juego el orden institucional del país, el principio democrático y, si se quiere, la democracia en sí misma. Cuando existen controversias jurídicas entre dos ramas, deben llegar los jueces a tomar la decisión que corresponda”, sostuvo.
De igual forma, Penagos señaló que, entretanto, la Registraduría Nacional del Estado Civil realizará varias acciones:
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- Solicitará concepto ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.
- Remitirá copia de la solicitud ante la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
- Remitirá copia de la solicitud ante la Procuraduría General de la Nación.
- Solicitará de manera respetuosa a las altas cortes que se pronuncien ágil y oportunamente sobre las diferentes demandas interpuestas.
Durante su intervención, el registrador Nacional recordó que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 266 de la Constitución Política, la Registraduría Nacional es una entidad autónoma e independiente de todas las demás ramas del Estado, que tiene a su cargo la realización de los procesos electorales y los mecanismos de participación ciudadana, con plenas garantías para los colombianos.
“Debe quedar claro que ni el registrador nacional ni la Registraduría Nacional tienen superior funcional en la Constitución Política. Claramente, la Corte Constitucional ha destacado la condición de órgano autónomo e independiente que garantiza neutralidad y genera confianza en los procesos electorales. Reitero, la Registraduría Nacional no tiene superior funcional, es un órgano neutro que solo busca la integridad del proceso electoral”, dijo.
Igualmente, advirtió que, para convocar esta consulta popular, si es que las cortes así lo ordenan, la Registraduría Nacional debe construir un presupuesto, que está por el orden de los 750.000 millones de pesos. “Es una inversión muy alta que, en el momento en que se comprometa, debemos tener la suficiente claridad de que se puede llevar a cabo esa consulta. Es ahí donde las cortes deberán tomar la decisión adecuada”, puntualizó.
Además, sostuvo que desde hoy hasta la fecha de convocatoria de la consulta hay cerca de 53 días y materialmente no es posible realizar todos los procesos de planeación y logística para convocar una consulta popular en este periodo de tiempo: “Mínimo, la Registraduría requiere alrededor de tres meses, como lo determina la Constitución y la ley, para sacar adelante una consulta de este nivel de manera íntegra e impecable”.
Finalmente, el Registrador Nacional se refirió a los riesgos de tomar una decisión a la ligera, entre ellos, el detrimento patrimonial de invertir cerca de 750.000 millones de pesos, una discusión compleja que puede dar lugar a una ruptura del orden institucional en Colombia y la inseguridad jurídica al ver cómo se enfrentan dos ramas del poder público.
“Es deber de los servidores públicos respetar el principio de la separación de poderes. Lo prudente es esperar una decisión de las altas cortes. Los jueces deben ser los que en últimas le digan a la Registraduría si se avanza o no con la consulta popular y le den luz constitucional al país”, concluyó.
Benedetti le respondió
El ministro del Interior Armando Benedetti aseguró, frente a las declaraciones del registrador Hernán Penagos, que es equivocado que ese funcionario interprete el decreto del Gobierno para convocar a una consulta popular. “El registrador no está acatando el decreto. Ese decreto es para convocar. Él es un operador logístico, por así decirlo. No tiene por qué estar haciendo una excepción constitucional de una excepción constitucional que ya hizo el Gobierno”, declaró el ministro Benedetti, al sostener que la función del registrador no es cuestionar las decisiones del Ejecutivo.
El ministro expresó su preocupación ante lo que consideró una grave equivocación institucional por parte del registrador, subrayando que no es su competencia solicitar conceptos sobre la validez del decreto que convoca la consulta popular. “Creo que se está equivocando gravemente en eso”, afirmó el jefe de la cartera política. Adicionalmente, el ministro se refirió al ambiente político actual en el Senado, desmintiendo versiones según las cuales se habrían votado artículos de la reforma laboral sin acuerdos previos.
El jefe de la cartera política afirmó que no se ha votado ningún artículo y que lo sucedido el día anterior obedeció a una ruptura del consenso tras declaraciones falsas. En el mismo sentido, Benedetti cuestionó la actitud de algunos sectores políticos que, según sus palabras, intentan debilitar el diálogo mientras atacan al Gobierno. “Queremos una reforma laboral, es un proyecto del Gobierno. Nadie puede decir que estamos en contra de nuestro propio proyecto”, dijo.
En El Debate, de SEMANA, el congresista del Centro Democrático se refirió a este contraste de declaraciones. “Escuchar a Benedetti revienta los oídos cada que se quiere aproximar a una argumentación jurídica. Cómo le va a decir al registrador nacional del Estado civil que él es un operador logístico. O es mucha brutalidad, o es mucha ignorancia, o es mucha arrogancia”.
Según dijo, el registrador nacional del Estado civil no está para hacer las veces de “operador logístico”, como dijo Benedetti, y sus decisiones anunciadas este 17 de junio de 2025 están acorde a sus competencias.

El 3 de junio pasado, el presidente, Gustavo Petro, anunció que convocará vía decreto a una consulta popular sobre su proyecto de reforma laboral, luego de que el Congreso rechazara, en mayo, la realización del referendo, en una votación que el mandatario denuncia como fraudulenta. Petro se saltó la decisión del Senado de la República, generando una gran preocupación entre las instituciones colombianas. Por eso, es que el registrador no accedió a convocar a las urnas hasta que la justicia se pronuncie.
Peor aún, es que Petro anunció que si su ‘decretazo’, como se le denominó a su arbitraria decisión, tampoco pasa en la Corte Constitucional, él convocará a la Asamblea Nacional Constituyente para cumplir sus propósitos.

Cabe anotar que Petro anunció en campaña que nunca, bajo ninguna figura, buscaría cambiar la Constitución. Esto para alejar fantasmas de dictadura o la posibilidad de regímenes como el de Venezuela. Ahora, hace todo lo contrario amparado en que “el pueblo” se lo permite. La polémica sigue abierta.