El Debate

Empezó a regir la disminución de la jornada laboral: así podrá acordarse entre empleador y empleado la distribución de las horas

A partir de este martes, 15 de julio, la jornada laboral en Colombia se reduce a 44 horas semanales.

15 de julio de 2025, 5:20 p. m.
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A partir de este martes, 15 de julio, la jornada laboral en Colombia se reduce a 44 horas semanales. Imagen de referencia. | Foto: Getty Images

Desde este 15 de julio, la jornada laboral pasará de 46 a 44 horas semanales, tal como lo establece la Ley 2101 de 2021 y, en El Debate de SEMANA, Antonio Sanguino, ministro de Trabajo, resolvió algunas dudas que tienen millones de personas en Colombia.

“Lo que ordena la ley es que empleador y empleado acuerdan cómo va a ser la jornada laboral diaria, cumpliendo semanalmente 44 horas de jornada semanal. Eso lo pueden hacer individual o colectivamente, mediante los mecanismos que están previstos para la negociación colectiva, como las convenciones y acuerdos similares. Así que, lo que procede, es acordar la distribución de la jornada laboral entre empleadores y empleados”, dijo Sanguino.

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El jefe de la cartera de Trabajo también explicó que, si un trabajador se pasa de las 44 horas semanales, la empresa deberá pagarle horas extras.

“Para eso está en el mecanismo de pagos por horas extras y, si es recargo nocturno, en recargo nocturno, o en recargo por dominicales y festivos”, agregó.

De tal modo, si empleador y empleado lo acuerdan, este último podría trabajar más de las 44 horas semanales, teniendo en cuenta lo anterior. Sin embargo, también se debe tener en cuenta que existe un límite de horas extras semanales.

“Las horas extras no pueden pasar, si mal no recuerdo, para ser más precisos, las 12 horas semanales en horas extras. Eso también para proteger la salud de los trabajadores”, señaló Sanguino en El Debate.

En cuanto a las trabajadoras de servicio doméstico, Sanguino recordó que la Ley 2466 o reforma laboral, así como el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), obliga y recomienda que exista un contrato formal con ellas.

Antonio Sanguino
Antonio Sanguino, ministro del Trabajo. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA-SEMANA

“Ese contrato laboral establece horarios, jornada laboral, que tiene que ser una jornada laboral de máximo ocho horas, entre la jornada diurna entre las seis de la mañana y las siete de la noche, para que no existan recargos. Tiene que haber una hora de descanso para que almuercen. Además de eso, si trabaja los domingos y los festivos, tendrá que haber recargos. Es decir, esa trabajadora es una trabajadora como cualquier otra”, destacó el jefe de la cartera de Trabajo.

Sanguino también advirtió que el Ministerio del Trabajo va a llevar a cabo una labor pedagógica para la formalización de las trabajadoras domésticas.

Y va a hacer, además, una labor de seguimiento, inspección, vigilancia y control. Existía una mesa entre organizaciones sindicales de trabajadoras del servicio doméstico y el Ministerio del Trabajo para cumplir el convenio 189″, aseveró el ministro en El Debate.