El Debate

“¿Entonces si el presidente Petro convoca por decreto una asamblea constituyente toca hacerle caso? No”

El presidente Gustavo Petro anunció el martes, 3 de junio, que se convocará la consulta popular vía decreto.

5 de junio de 2025, 5:24 p. m.
El presidente, Gustavo Petro, el primero de abril de 2025, en Bogotá
El presidente Gustavo Petro. | Foto: Foto de Juan Diego Cano - Presidencia de Colombia

El martes en la noche, en medio de una alocución presidencial, el jefe de Estado, Gustavo Petro, mencionó que la consulta popular va vía decreto. El mandatario dijo que la decisión la tomaba porque, según él, no hubo concepto favorable en el Senado.

“Voy a decretar la consulta popular. La Corte Constitucional decidirá indudablemente, puede o no decidir, de acuerdo a las normas existentes. ¿Por qué decreto la consulta popular? Porque jamás hubo un concepto favorable en el Senado, hicieron trampa", dijo puntualmente el presidente Petro el pasado martes, 3 de junio.

En El Debate de SEMANA, Alexander Vega, exregistrador nacional, explicó los alcances de la decisión que anunció el mandatario.

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De acuerdo con Vega, la situación es preocupante desde el punto de vista legal e institucional, dado que se está pasando por encima del Congreso de la República. “Llegar a expedir un decreto en el que se convoque y ordene a la organización electoral llamar a votación a la consulta popular, sería abiertamente ilegal”, dijo el exregistrador nacional.

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Alexander Vega, exregistrador nacional. | Foto: Registraduría Nacional

Vega explicó que, a partir de su experiencia como exregistrador, una vez se le ordene a la Registraduría Nacional llevar a cabo todo el proceso para que en las urnas se decida el futuro de la consulta popular, el registrador nacional de turno debe revisar el decreto del presidente de la República, así como el concepto favorable del Senado de la República, “que en este caso no lo hubo”.

“Entonces, al faltar uno de esos dos requisitos, la Registraduría, en cabeza del señor registrador, Hernán Penagos, no podría sacar el calendario electoral para convocar esa votación —de la consulta popular—”, agregó Vega en El Debate.

De tal modo, lo que le quedaría por hacer al registrador nacional, según Vega, es devolverle el decreto al presidente Petro, explicándole que no es posible convocar a una votación, toda vez que el concepto del Senado fue desfavorable.

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“Acá hay un constituyente primario, pero también hay unas reglas de la misma Constitución, donde dice cómo debe convocarse al pueblo a cualquier votación. Le pongo el ejemplo: ¿Entonces si mañana el presidente Petro quiere convocar a una asamblea constituyente por decreto, el registrador tiene que hacerle caso? No, señor. Acá el presidente es suprema autoridad administrativa, pero no es el jefe de la autoridad electoral", advirtió Vega.

Por otra parte, Vega manifestó en El Debate que, a propósito de que el presidente invoca tanto al pueblo, a él se le olvida que las instituciones representan el poder popular.

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“Las Cortes representan el poder popular, el Congreso representa el poder popular, el presidente representa el poder popular, el poder electoral representa el poder electoral. Entonces, no es solamente el presidente de la República. Cada uno entre sus competencias tiene que velar por el cumplimiento de la Constitución. Entonces acá el presidente se equivoca con la narrativa del poder popular”, señaló el exregistrador nacional.