Selección
¿Su empleador puede solicitarle sus claves de redes sociales?
Con la llegada de la tecnología, algunas empresas han incorporado en sus procesos de selección una práctica común que puede ser ilegal y hasta discriminatoria, asegura un especialista en derecho laboral.
La cada vez más común tendencia de solicitar claves de acceso a redes sociales en procesos de selección de personal es ilegal y discriminatorio, de acuerdo con el investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, Iván Daniel Jaramillo Jassir.
Esta se ha convertido en una tendencia y una de las razones por las que varias empresas deciden contratar o no a una persona. Durante la selección de personal en una empresa, se llevan a cabo varios procesos que permiten ver si el perfil de quien se está postulando es el indicado para la vacante requerida; y las redes sociales se han convertido en uno de los criterios para determinar si el postulado cumple con los requisitos para el cargo.
De acuerdo con el informe del Observatorio, durante la fase pre-contractual hay empresas que están pidiendo las contraseñas de acceso a las redes sociales de los candidatos para ver el contenido de sus perfiles, práctica que es ilegal y discriminatoria, según denunció Jaramillo Jassir.
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El obtener información acerca de datos personales y revisar qué tipo de publicaciones hace el postulado, son algunos de los insumos que se toman en cuenta durante la fase pre-contractual. Estas prácticas, aparte de violar el derecho a la intimidad, también generan discriminación, ya que llegan a excluir por determinadas tendencias políticas, de orientación sexual, origen nacional o tendencia filosófica que el candidato publique en su red social”, afirmó el académico.
Según la Constitución Política de Colombia, debe mantenerse la prohibición de las prácticas discriminatorias durante un proceso de selección de personal. En este sentido, las publicaciones que haga una persona en redes como Facebook, por ejemplo, no deben ser argumentos para definir las capacidades laborales de un posible funcionario.
Aclara el investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario que: “La información privada y semiprivada de una persona debe ser respetada en los filtros que hace una empresa a la hora de realizar un proceso de contratación; por lo tanto, no se debe requerir el acceso a datos protegidos, ya que esto hace parte de la violación al derecho a la intimidad”.
Aunque no se puede tener certeza de cuál es el impacto que tiene esa práctica en los procesos de contratación, sí es evidente un aumento del desempleo en los últimos meses, el cual llegó al 10,5% en mayo de 2019, frente al 9,7% reportado un año atrás, según datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE).
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