Turismo

10 artículos que requieren autorización para ir en el equipaje durante un vuelo; es clave informar que se transportan

Hay elementos que no pueden llevarse en el equipaje y otros que necesitan aprobación de la aerolínea.

GoogleSiga las noticias de SEMANA en Google Discover y manténgase informado

22 de octubre de 2025, 10:37 p. m.
x
Hay artículos que necesitan el visto bueno de la aerolínea para poder ser transportados en el avión. | Foto: Getty Images

Pensar en viajar es un placer para muchas personas; sin embargo, hay un aspecto clave que debe contemplarse en la planeación del viaje y es el equipaje, pues hay normativas no solo de las aerolíneas sino también de los aeropuertos en torno a lo que se puede llevar y lo que no.

De igual forma, hay elementos que requieren de aprobación por parte de las compañías aéreas para ser transportados y por ello es clave tener claro cuáles son y qué se debe hacer para llevarlos, lo cual dependerá de las normativas de cada empresa.

Estos son algunos de los que necesitan autorización para ir en el equipaje y los viajeros deben informar en el proceso de reserva o en el aeropuerto en el momento de hacer el check-in.

  • Barómetros o termómetros de mercurio para usos meteorológicos. Estos elementos solo los podrán llevar los representantes de una oficina gubernamental de meteorología o de una agencia similar. Independientemente de su posición, deben ser embalados en un contenedor exterior resistente que tenga un forro interior sellado o un saco de material muy fuerte a prueba de filtraciones; resistente a las pinchaduras e impermeable al mercurio que impida los derrames.
Equipaje de bodega
Hay artículos que requieren autorización para transportarse en un avión. | Foto: Getty Images
  • Dispositivos accionados con pilas o baterías de litio (PED) que proporcionan energía eléctrica para su funcionamiento. Por ejemplo: herramientas eléctricas, videocámaras y ordenadores portátiles. Se pueden llevar estos dispositivos en el equipaje de mano o de bodega, protegidos de daños, completamente apagados, no pueden ir en modo suspensión o hibernación.
  • Dispositivos de seguridad autoinflable con cartuchos pequeños de gas no inflamable integrados. Aquí se incluye chaleco salvavidas embalado de tal manera que no pueda ser activado accidentalmente; solo puede contener dióxido de carbono u otro gas; no puede tener más de dos cartuchos de repuesto.
  • Drones accionados por baterías de litio recargables (ion de litio) con una capacidad nominal superior a 100 Wh pero igual o inferior a 160 Wh. Si la batería del dron es inferior a 100 Wh, no se requiere autorización.
  • Equipo de supervisión de agentes químicos que únicamente lo podrán llevar miembros de la Organización para la Prohibición de Armas Químicas (OPAQ) en los viajes oficiales. Puede ser: un monitor de agentes químicos (CAM) o un supervisor de dispositivos de identificación y de alarma rápida (RAID-M).
  • Hielo seco en cantidades que no superen los 2,5 kilogramos por persona, cuando se utilice para embalar sustancias perecederas no peligrosas. El equipaje o contenedor debe permitir la liberación del gas de dióxido de carbono y estar marcado, indicando que contiene hielo seco y su peso neto.
Empacar maleta
No todos los artículos pueden llevarse en un avión. | Foto: Getty Images
  • Hornos para acampada y contenedores de combustible que hayan contenido combustible líquido inflamable pueden ser transportados siempre que el estanque de los mismos haya sido drenado completamente de todo líquido y se hayan tomado las medidas necesarias para descartar el peligro.
  • Mochila de rescate para avalancha que contenga cartuchos de gas comprimido. Solo se puede llevar una de estas, equipada con un mecanismo disparador pirotécnico que contenga hasta 200 miligramos netos de explosivos. Debe estar embalada de manera que no pueda activarse accidentalmente. Las bolsas inflables dentro de las mochilas deben tener válvulas de alivio de presión.
  • Munición embalada en forma segura (de la División 1.4 S ONU 0012 u ONU 0014 únicamente), en cantidades que no excedan los 5 kilogramos de peso bruto por persona para el uso de esa persona. Lo permitido para más de una persona no debe ser agrupado en uno o más bultos.
  • Ayudas motrices accionadas por baterías húmedas no derramables. Ejemplo: sillas de ruedas.