Vehículos
Moteros y conductores, 2026 llega con cambio en revisión técnico-mecánica para muchos; deberán alistar el bolsillo
Los propietarios de los vehículo deberán revisar la fecha de matrícula para saber si les corresponde realizar la revisión técnico-mecánica en 2026
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Con el cambio de año y la llegada del 2026 se espera que la mayoría de trámites y servicios suban de precio, por lo que los colombianos deberán ajustas su bolsillo para poder asumir estos incrementos.

Justamente, los propietarios de vehículos son algunos de los que están atentos para conocer la tarifa que regirá a partir del próximo primero de enero para algunos documentos como la revisión técnico mecánica y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
Para el caso de la inspección, hay que tener en cuenta varios aspectos clave que pueden indicarle a los propietarios si están obligados a realizar esta diligencia para evitar comparendos, inmovilizaciones y accidentes.
La Ley Colombia establece que: “El propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, tendrá la obligación de realizar la RTMyEC y de obtener su aprobación con la periodicidad establecida en la Ley 769 de 2002″.
En dicha Ley, se estipula que los vehículos particulares “realizarán la primera revisión a partir del sexto (6) año, contando desde la fecha de matrícula, y luego anualmente. Vehículos de servicio público, motocicletas y similares realizarán la primera revisión al cumplir dos (2) años contados a partir de la fecha de matrícula y luego anualmente”.
En este orden de ideas, los propietarios de vehículos particulares matriculados a partir de 2020 tendrán que llevar sus automotores a los Centros de Diagnóstico Automotriz a partir de este año para lograr el certificado que le permita circular sin ningún inconveniente.
Esto quiere decir que quienes compraron vehículos y fueron matriculados en 2021 aún cuentan con un año de gracia antes de tener que someter sus autos a la revisión anual que obliga la Ley.
De igual forma, las motocicletas y vehículos de servicio público matriculadas en 2023 tendrán que someterse a esta revisión a partir del próximo año.
Sobre las tarifas, hay que señalar que aún no se conoce el incremento que tendrán a partir de 2026; sin embargo, sí se sabe la fórmula que se aplica para que los CDA comiencen a operar a partir del próximo año.
En esta misma ecuación se estipulan los valores mínimos y máximos y los valores fijos adicionales que se cobrará por vehículo a la hora de realizar la revisión técnico-mecánica.
- Motocicleta: 2,55 UVT Tarifa Inferior / 3,0 UVT Tarifa Superior.
- Livianos: 4,15 UVT Tarifa Inferior / 4,97 UVT Tarifa Superior.
- Pesados: 6,73 UVT Tarifa Inferior / 8,11 Tarifa Superior.
Según explica el Ministerio de Transporte, la Unidad de Valor Tributario (UVT) corresponde al UVT vigente del año en el que se calculará la actualización de la tarifa.
Cabe señalar que el pago del servicio de la revisión técnico-mecánica no conlleva la obligación del CDA de expedir el certificado de aprobación, toda vez que este se encuentra condicionado a que el vehículo apruebe de conformidad los ítems evaluados.
De acuerdo con los rangos definidos por el Ministerio de Transporte, al valor del servicio establecido por el CDA se adicionan los siguientes valores:
- Valores correspondientes al IVA y otros impuestos aplicables.
- Tarifa correspondiente al RUNT.
- Valor del servicio prestado por SICOV.
- Tarifa correspondiente a la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
- Recaudo.

Tarifas de revisión técnico-mecánica que están vigentes actualmente
Tarifas para vehículos particulares livianos
- 0 a 2 años: rango de 279.163 a 329.561 pesos.
- 3 a 7 años: desde 279.563 hasta 329.961 pesos.
- 8 a 16 años: rango de 279.863 a 330.261 pesos.
- 17 o más años: desde 279.563 hasta 329.961 pesos.
Precios para motocicletas
- 0 a 2 años: rango mínimo de 189.204 a 220.047 pesos.
- 3 a 7 años: de 189.504 a 220.347 pesos.
- 8 a 16 años: rango mínimo de 189.704 a 220.547 pesos.
- 17 años o más: desde 189.504 hasta 220.347 pesos.
Vehículos pesados particulares
- 0 a 2 años: mínimo 451.946 pesos – máximo 533.601 pesos.
- 3 a 7 años: mínimo 452.246 pesos – máximo 533.901 pesos.
- 8 a 16 años: mínimo 452.646 pesos – máximo 534.301 pesos.
- 17 o más años: mínimo 452.246 pesos – máximo 533.901 pesos .
Vehículos públicos de tamaño liviano
- 0 a 2 años: rango mínimo de 299.531 a 347.919 pesos.
- 3 a 7 años: 299.831 mínimo – 348.219 máximo pesos.
- 8 a 16 años: 300.131 mínimo – 348.519 máximo pesos.
- 17 o más años: mínimo 299.831 – máximo 348.219 pesos.
Vehículos pesados públicos
- 0 a 2 años: mínimo 451.546 pesos – máximo 533.201 pesos.
- 3 a 7 años: mínimo 451.746 pesos – máximo 533.401 pesos.
- 8 a 16 años: mínimo 451.946 pesos – máximo 533.601 pesos.
- 17 o más años: mínimo 451.746 pesos – máximo 533.401 pesos.
¿Qué carros no están obligados a realizar revisión técnico-mecánica en 2026?

- Carros particulares nuevos: los vehículos matriculados a partir de 2021 no deberán hacer la revisión técnico-mecánica durante 2026, pues la norma dice que tendrá que ser de forma anual a partir del sexto años de matrícula.
- Vehículos con matrícula extranjera o de estadía temporal: en este caso, los vehículos que circulen por el país con un permiso de permanencia de tres meses no están obligados a presentar esta revisión.
- Vehículos antiguos oficialmente reconocidos: los carros que hayan sido matriculados como antiguos luego de haber superado todas las inspecciones necesarias para su denominación, no están obligados a tener la revisión técnico-mecánica; sin embargo, el compromiso de los propietarios es el de mantenerlos al día y en condiciones óptimas para su uso.



