VEHÍCULOS

Pico y placa en Bogotá este martes, 23 de septiembre: horarios y restricciones

Para los taxis, la medida de pico y placa empieza a regir desde las 5:30 a. m.

22 de septiembre de 2025, 3:59 p. m.
Pico y placa en Bogotá.
Pico y placa en Bogotá. | Foto: Colprensa - Camila Díaz.

El pico y placa en Bogotá rige este martes, 23 de septiembre, para los vehículos cuyas placas terminen en 6, 7, 8, 9 y 0.

Entre tanto, los carros con placas finalizadas en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán circular sin restricción alguna, este martes.

La restricción para carros particulares empieza a regir a las 6 a. m. y termina a las 9 p. m.

El pico y placa para los vehículos particulares en lo que resta de septiembre:

  • Miércoles 24 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Jueves 25 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Viernes 26 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Sábado 27 de septiembre: no aplica la medida de pico y placa.
  • Domingo 28 de septiembre: no aplica la medida de pico y placa.
  • Lunes 29 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Martes 30 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Pico y placa para los taxis

Para los taxis, este martes 23 de septiembre, el pico y placa rige para los vehículos cuya placa termine en 5 y 6.

Por lo tanto, pueden circular los taxis con placas terminadas en 1-2-3-4-7-8-9-0.

En el caso de los taxis, la medida empieza a regir de 5:30 a. m. a 9 p. m.

El pico y placa para los vehículos particulares en lo que resta de septiembre:

  • Miércoles 24 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-9-0.
  • Jueves 25 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-7-8.
  • Viernes 26 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3-4-5-6-7-8-9-0.
  • Sábado 27 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-5-6-7-8-9-0.
  • Domingo 28 de septiembre: no aplica la medida de pico y placa.
  • Lunes 29 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-7-8-9-0.
  • Martes 30 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-9-0.

Los vehículos exceptuados de la medida de pico y placa en Bogotá, son:

  • Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículo de servicio diplomático o consular.
  • Funerarias o agencias mortuorias.
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios. (Exclusivamente para mantenimiento y reparación de redes).
  • Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
  • Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
  • Motocicletas.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  • Vehículos de medios de comunicación.
  • Vehículos de autoridades judiciales.
  • Vehículos de transporte escolar.
  • Vehículos destinados a la enseñanza automovilística. (Tipo automóvil, campero y camioneta).
  • Vehículos híbridos cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina) y funcionen, alternada o simultáneamente, con motor eléctrico.
  • Los vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular (“Pico y Placa Solidario”) y haya aceptado y cumplido todos los términos y condiciones, establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad.